ECONOMÍA DE BOLSILLO: SUBSIDIO DE VIVIENDA

Actualidad - Lunes, 15 / Ene / 2007
 
Colombia.com
¿QUÉ ES EL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA?

Es un aporte estatal en dinero, que se otorga por una sola vez al beneficiario, y que constituye un com­plemento de su ahorro, para facilitarle la adquisición, construcción o mejoramiento de una solución de vivienda de interés social.

¿CUÁL ES EL VALOR DEL SUBSIDIO?

El valor del subsidio depende del tipo de vivienda que se desee y que pueda adquirir.


Tipo de vivienda
Rango en smlv
Año 2007
No. habitantes
Valor subsidio
1 0 á 40 Desde $ 0 hasta $17.348.000 En municipios con menos de 500.000 habitantes 21 smlv. $9.107.700
1 0 á 50 Desde $ 0 hasta $21.685.000 En municipios con más de 500.000 habitantes 21 smlv. $9.107.700
2 más de 40 a 70

Desde $17.348.001 hasta $30.359.000

En municipios con menos de 500.000 habitantes 14 smlv. $6.071.800
2 más de 50 a 70 Desde $21.685.001 hasta $30.359.000 En municipios con más de 500.000 habitantes 14 smlv. $6.071.800
3 más de 70 a 100 Desde $30.359.001 hasta $43.370.000   7 smlv $3.035.900
4 más de 100 a 135 Desde $43.370.001 hasta $58.549.500   1 smlv. $433.700



¿CUÁL ES EL OBJETIVO DEL SUBSIDIO?

Incrementar la cobertura, eficiencia y efectividad del subsidio, y garantizar la transparencia y efectividad en la distribución de los recursos, orientándolos de manera prioritaria a la población con menores ingresos y mayores condiciones de vulnerabilidad.

REQUISITOS

Tener conformado un hogar con vínculo matrimonial o compañero permanente o un grupo de personas unidas por vínculo de parentesco hasta tercer grado de consanguinidad (hijos, padres, hermanos, tíos, sobrinos, nietos, abuelos), segundo de afinidad (cuñado, suegros, hijastros)o primero civil (hijos adoptivos, padres adoptantes) que compartan el mismo espacio habitacional.

Los ingresos del grupo familiar deben ser iguales o inferiores a cuatro salarios mínimos legales vigentes.

Ninguna de las personas que conforman el hogar pueden ser propietarios de inmuebles alguno ni haber sido adjudicatarios del I.C.T., así se haya transferido la vivienda.

Ningún integrante del hogar puede haber recibido subsidio por parte del Inurbe, Caja de Compensación Familiar, entre otras, o tener derecho a solicitar otros subsidios para vivienda (Caja de Vivienda Militar).

Los postulantes deberán acreditar como mínimo, el 10% de aporte mediante el ahorro programado, cesantías y/o aportes periódicos en Fondos Mutuos de Inversión o Fondos Comunes Especiales.

La solución de vivienda escogida debe corresponder a un programa de vivienda de Interés Social aprobado por la entidad competente y su valor no puede exceder los 135 salarios mínimos legales vigentes.

Se debe tener pre-estudio de la capacidad de crédito por parte de una entidad que otorgue préstamos a largo plazo para vivienda, con indicación del monto del préstamo al cual podrá acceder el postulante. En caso de no utilizar financiación, se acreditará la disponibilidad inmediata de los recursos para la obtención de la solución de vivienda.

Listado de documentos para acceder al subsidio de vivienda

Fotocopia legible de la cédula de ciudadanía de los mayores de edad que componen el grupo familiar.

· Registro civil de nacimiento (menores de 18 años).
· Registro civil de matrimonio o prueba de unión marital de hecho.
· Copia del carné o certificación municipal del puntaje SISBEN, si fuere el caso, para niveles 1 y 2.
· Documento, expedido por I.C.B.F. que acredite la condición de mujer cabeza de hogar, si fuere el caso, o declaración juramentada donde conste este hecho.
· Certificado de ahorro programado, expedido por la entidad correspondiente con fecha no mayor a treinta (30) días, donde conste el saldo de ahorro y el valor promedio de los últimos 6 meses.
· Certificado de inmovilización de las cesantías para la compra de vivienda, expedido por el fondo o entidad correspondiente, con fecha no mayor a treinta (30) días, si cuenta con este recurso, en donde conste el saldo y valor promedio de los últimos 4 meses.

¿QUÉ ES EL AHORRO PREVIO?

Es uno de los requisitos para la obtención del subsidio y tiene cuatro modalidades: Cuentas de Ahorro Programado, aportes periódicos de ahorro, cesantías, ahorro por inversión en lotes de terreno y avance de obra.

Este ahorro será inmovilizado en la entidad en la cual esté depositado mientras se encuentre vigente la postulación del hogar. Únicamente se autorizará el retiro cuando se renuncia a la postulación al subsidio o no haya sido beneficiado con la asignación.

Se exceptúan del requisito del ahorro previo:

Hogares con ingresos hasta de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes que tengan garantizada la totalidad de la financiación de la vivienda.

· Hogares objeto de programas de reubicación de zonas de alto riesgo no mitigables.

· Hogares desplazados.

· Víctimas de actos terroristas.

· Damnificados por desastres naturales

¿EN DÓNDE SE CONSIGUE CRÉDITO PARA VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL?

Bancos de su ciudad o municipio.

Cooperativas, fondos de empleados y organizaciones no gubernamentales de su ciudad o municipio.

Cajas de compensación familiar otorgando créditos a sus afiliados.

Además se puede conseguir información en las siguientes entidades:

Confederación de Cooperativas de Colombia - CONFECOOP. Tel. 6170874.
Asociación Nacional de Fondos de Empleados - ANALFE. Tel. 3440132.
Confederación Colombiana de ONGs. Tel. 2156519.

CONSULTE PARA INFORMACIÓN ADICIONAL

Población desplazada: Red de Solidaridad Social. Tel. 18000117733-18000117734.

Unidades Territoriales de la Red de Solidaridad Social: gobernación departamental. Unidades de Atención y Orientación (UAO): Alcaldías municipales.

Poblaciones víctimas de ataques terroristas: gobernación departamental, alcaldía municipal, oficinas de atención y prevención de desastres municipales.

Población víctima de desastres naturales: Gobernación departamental, alcaldía municipal, oficinas de atención y prevención de desastres del municipio, Ministerio del Interior y de Justicia, oficina de atención y prevención de desastres. Tel: 3649090 - ext. 116.

Vivienda Rural: Banco Agrario - Tel: 018000910153, o en la oficina de vivienda del Banco Agrario de cada ciudad o municipio.

Elegibilidad de proyectos: Findeter Nacional - Tel: 6230390 - 6230388 - Ext: 510 o en la oficina regional de Findeter.

No olvide que si usted, o cualquiera de los integrantes del grupo familiar está afiliado a una caja de compensación familiar, debe solicitar el subsidio en la caja respectiva.

Para subsidios ya asignados, comuníquese con la caja de compensación familiar en la cual presentó su postulación.

¡No deje vencer el subsidio, ni la oportunidad de tener casa propia!
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