Consejo de Estado: No pagarle a una trabajadora sexual es “discriminación”

Para el Alto Tribunal la situación de "vulnerabilidad" de las trabajadoras sexuales se agrava sino se le cancela por sus servicios.

Foto: EFE
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Para el Alto Tribunal la situación de "vulnerabilidad" de las trabajadoras sexuales se agrava sino se le cancela por sus servicios.

La sección tercera del Consejo de Estado determinó que cuando una persona busca los servicios sexuales de una trabajadora sexual debe pagarle, tal como se acordó desde el primer momento, de lo contrario se estaría incurriendo en una discriminación.

Para el alto Tribunal, el no pago de servicios "agrava la situación de vulnerabilidad de aquellas mujeres que ofrecen su propio cuerpo para sobrevivir".

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La determinación se conoció a raíz de que una trabajadora sexual denunció a un hombre que se negó a pagarle por los servicios prestados. El sujeto tuvo que pagar un año de cárcel y, aún así, quiso que se le indemnizara al considerar que él no había incurrido en un error.

“Nótese que el actor no sólo obtuvo lo requerido, sino que propició el encuentro de la mujer con su amigo, quien tampoco cumplió el compromiso de pago (…) Estereotipos de marginalidad que el actor denota sin ningún reparo. En tanto, sus declaraciones evidencian el menosprecio hacia la mujer de quien obtuvo los favores sexuales que ofreció retribuir”, señaló el Consejo de Estado.

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