Padrastros deberán responder por sus hijastros tras separarse de sus parejas

Los padrastros que no se hagan cargo de sus hijastros después de terminar la relación sentimental deberán pagar una indemnización al menor.

Foto: Pixabay
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Los padrastros que no se hagan cargo de sus hijastros después de terminar la relación sentimental deberán pagar una indemnización al menor.

La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia decidió que los padrastros no pueden dejan de hacerse cargo de sus hijastros pese a que hayan terminado la relación sentimental con su compañero o compañera, de lo contrario deberá pagar una indemnización al menor.

El magistrado Aroldo Quiroz consideró el caso de un hombre, quien durante una relación sentimental decidió responder por la hija de su compañera, pero, tras la ruptura, inició un proceso para no responder por la menor.

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Para la Corte Suprema de Justicia estos casos genera afectaciones psicológicas a lo menores tras la ruptura de los lazos afectivos creados durante años de convivencia familiar.

Por ello, este tipo de rupturas familiares da lugar al pago de una indemnización debido al cambio de parecer de la persona. “A modo de retracto, decide no sólo romper el vínculo afectivo que voluntariamente auspició, sino rechazar la filiación de quien una vez acogió en su seno, cual mercancía que, dependiendo del estado de ánimo, puede ser desechada. Por supuesto que dicho proceder debe dar lugar a la reparación del daño, a lo sumo psicológico”, explico el magistrado.

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