Contraloria de Bogotá sancionó a Gustavo Petro por esquema de aseo

El fallo señala que en la administración de Gustavo Petro hubo una compra desproporcionada de varios camiones recolectores de basura, que llegaron con fallas mecánicas.

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El fallo señala que en la administración de Gustavo Petro hubo una compra desproporcionada de varios camiones recolectores de basura, que llegaron con fallas mecánicas.

La Contraloría de Bogotá sancionó al exalcalde de Bogotá, Gustavo Petro, con una multa de $40 mil millones por detrimento patrimonial al implementar el esquema de aseo en Bogotá, "Basura Cero" y la compra de camiones recolectores para Aguas de Bogotá.

Según el ente de control, la condena se debe a las multas que impuso la Superintendencia de Servicios Públicos a la UAESP y a la Empresa de Acueducto por $92.000 millones por violar la libre competencia.

De acuerdo con El Espectador, el fallo emitido por el contralor Mauricio Barón Granados se realizó por la compra desproporcionada y excesiva de varios camiones recolectores de basura durante su administración. Dichos vehículos llegaron con fallas mecánicas.

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“Valoramos los hechos objeto del presente proceso y encontramos un daño patrimonial al erario distrital cuantificado en la suma de $33.343’280.858, los cuales corresponden al valor cancelado por los equipos que no fueron utilizados y no se necesitaban para la prestación del servicio de aseo en la ciudad de Bogotá”, explicó Barón a El Espectador.

El fallo también compromete a los exgerentes de la Empresa de Acueducto Alberto Merlano y Diego Bravo; a los miembros de la junta directiva María Mercedes Maldonado, Gerardo Ardila y José Orlando Rodríguez y a los exdirectores de la Unidad Administrativa de Servicios Públicos Nelly Mogollón y Henry Romero. 

Adelantaron actuación alguna para evitar el mal uso dado a los mismos, de igual forma omitieron adoptar medidas de contingencia tendientes a hacer cesar los efectos nocivos de sus determinaciones, una vez se suscribieron los contratos con los operadores privados, dio lugar con su actuar negligente y omisivo al daño patrimonial”, señala el fallo, citado por El Espectador.

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