Ministerio de Salud firmó resolución sobre eutanasia

El ministro de Salud, Alejandro Gaviria, firmó la resolución por medio de la cual se regula la aplicación de la eutanasia en Colombia.

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El ministro de Salud, Alejandro Gaviria, firmó la resolución por medio de la cual se regula la aplicación de la eutanasia en Colombia.

La firma del documento había sido anunciada por el propio ministro, quien explicó sus alcances, entre los cuales queda claro que sólo se aplicará a adultos en caso de enfermedad terminal y por solicitud expresa del paciente, no de sus familiares.

La Procuraduría había pedido no firmar dicha resolución al considerar que el Ministerio de Salud estaría actuando por fuera de sus competencias, puesto que, según el Ministerio Público, "la imposición de límites al derecho a la vida y obligaciones a los médicos con respecto a ello, es una materia que corresponde exclusivamente al Congreso”.

La firma de la resolución se hizo antes de que se conociera la posición de la Procuraduría. Luego, al conocer lo expresado por el Ministerio Público, el Ministerio de Salud se abstuvo de hacer la publicación oficial del doumento, lo que significa que aún no está vigente.

El ministro Gaviria había explicado la víspera los pasos para dicho procedimiento y fue enfático en afirmar que sólo se aplica a pacientes terminales mayores de edad.

- Todo comienza cuando el paciente declara su voluntad de someterse al procedimiento.

- El médico tratante le presenta las opciones terapéuticas.

- El paciente, ya informado, debe reiterar su voluntad de que se le aplique el procedimiento de muerte digna.

- El médico tratante determina las condiciones objetivas. Debe ser un enfermo terminal.

- El médico entrega la información a un comité interdisciplinario científico integrado por un médico especialista, un abogado y un psicólogo.

- Cumplido ese proceso nuevamente se le pregunta al paciente y este reitera su voluntad, se toma la decisión y se realiza el procedimiento en un término de máximo 15 días.

Según el ministro, en el país se debe tener muy claro que solo podrá practicarse el procedimiento cuando el paciente ha manifestado su intención de morir dignamente, ya sea que haya dejado alguna carta o documento que lo certifique.