Empleadas domésticas: Las condiciones para el pago de pensión

Los empleadores que no realicen los aportes de seguridad social deberán pagar una pensión sanción como penalidad.

Foto: EFE
Foto: EFE

Los empleadores que no realicen los aportes de seguridad social deberán pagar una pensión sanción como penalidad.

La Corte Constitucional recordó que las empleadas domésticas tienen el derecho al pago de pensión, no obstante aclaró que existen casos en los que el empleado y el empleador podrán conciliar.

Sin embargo, no se podrán hacer conciliaciones ante los jueces cuando la empleada doméstica cumpla con las condiciones que la ley estableció, como: la existencia de un contrato de trabajo, que la persona lleve más de 10 años laborando con el mismo empleador y que haya cumplido con la edad.

Te puede interesar: El salario de los congresistas quedó casi en 30 millones

“La conciliación no puede convertirse en un vehículo para desconocer los derechos de un trabajador, menos aun si se trata de un derecho irrenunciable, como es la seguridad social”, señalo la Corte.

En caso de que el empleador no haya cumplido con los aportes de seguridad social, se verá obligado a pagar la pensión sanción, considerada una penalidad por desobedecer la ley.

Colombia.com