Reforma: Fin de 'Puerta Giratoria', reelección y 'yo te elijo tú me elijes'

En la aprobación del último debate de la reforma de equilibrio de poderes, la Cámara de Representantes confirmó el fin de la ‘puerta giratoria’, la reelección y el 'yo te elijo tú me elijes'.

Colombia.com - Actualidad
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En la aprobación del último debate de la reforma de equilibrio de poderes, la Cámara de Representantes confirmó el fin de la ‘puerta giratoria’, la reelección y el 'yo te elijo tú me elijes'.

Según establece el texto aprobado, “los servidores públicos no podrán nombrar, postular, ni contratar con personas con las cuales tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, o con quien estén ligados por matrimonio o unión permanente”.

Tampoco podrán nombrar ni postular como servidores públicos, ni celebrar contratos estatales, con quienes hubieren intervenido en su postulación o designación, ni con sus familiares.

Aplicará para “magistrado de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado, de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, miembro de la Comisión de Aforados, miembro del Consejo Nacional Electoral”.

Además para el “fiscal general de la Nación, procurador general de la Nación, defensor del Pueblo, contralor general de la República, y registrador nacional del estado civil”.

“No podrán ser reelegido ni postularse a cargo de elección popular sino un año después de dejar el puesto quien haya ejercido como magistrado de Corte Constitucional, de Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado, Comisión de Disciplina Judicial, Miembro de Comisión de Aforados, magistrado del Consejo Nacional Electoral, Fiscal General, Procurador General, Contralor General, Defensor del Pueblo y Registrador Nacional”.