Trámite para Obtener el Pasaporte

Pasaporte - Shutter Stock

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Se podrá obtener el pasaporte en las oficinas del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Bogotá o en las gobernaciones autorizadas para ello, en el exterior se obtendrá a través de los consulados acreditados para los colombianos que necesiten ingresar al país o renovar el documento.

De acuerdo con el Artículo 22 de la ley 43 de 1993, el ciudadano colombiano que posea doble nacionalidad, en el territorio colombiano, se someterá a la Constitución Política y a la las leyes de la República, en consecuencia, su ingreso y permanencia en el territorio, así como su salida, deberán hacerse siempre en calidad de colombiano, por lo tanto, deberá tener pasaporte colombiano para el ingreso y salida del territorio colombiano.

Requisitos para tramitar el Pasaporte

Mayores de edad

  1. Diligenciar la solicitud por medio electrónico para agilizar el trámite en la oficina expedidora.
  2. Dirigirse a una de las oficinas de pasaportes personalmente para presentar los documentos, la toma de la fotografía y el registro de huellas y firma. No es necesario llevar fotografías.
  3. Presentar el original de la cédula de ciudadanía en formato válido (amarilla con hologramas).
  4. Cuando no se cuente con formato válido de cédula se podrán presentar los siguientes documentos:

    - Contraseña por primera vez expedida por la Registraduría Nacional, la cual debe tener foto y huella, copia simple del Registro Civil de nacimiento, expedido por Notario, Registrador o Cónsul.

    - Contraseña expedida por solicitud de duplicado o renovación de la cédula de ciudadanía emitida por la Registraduría Nacional, la cual debe tener foto y huella.

    - No se aceptará contraseña por solicitud de rectificación de cédula de ciudadanía.

  5. Presentar pasaporte anterior si lo tiene.
  6. En caso de pérdida o hurto del pasaporte, el solicitante solo deberá informar a la oficina expedidora dicha situación, bajo la gravedad de juramento.

La oficina expedidora podrá solicitar la presentación del certificado de nacionalidad, con el fin de verificar la identidad del solicitante.

Cuando no pueda presentar su cédula es obligatorio llevar la contraseña original y en físico, el duplicado de cédula en línea de la Registraduría NO es válido.

Requisitos para menores de edad

El menor debe estar acompañado por uno de sus padres o su representante legal, quienes tendrán que identificarse con su cédula de ciudadanía en formato válido (amarilla con hologramas).

Si estos se encuentran ausentes del lugar del trámite, podrán dar autorización a un tercero para efectuar la solicitud con el menor cumpliendo con lo siguiente:

  1. Registro civil de defunción en caso de que uno de los padres haya fallecido.
  2. Poder especial otorgado por los dos padres a un tercero.
  3. En el exterior ante el Consulado, o en el exterior donde no exista Consulado de Colombia ante la autoridad competente del lugar, el cual debe ser debidamente apostillado o legalizado sea el caso y traducido al español mediante traductor oficial, allegando copia de los documentos de identidad de los padres, para que este adelante el trámite en compañía del menor.
  4. Diligenciar la solicitud por medio electrónico
  5. Dirigirse a una de las oficinas de pasaportes, tanto el menor como el acompañante, para presentar los documentos personalmente, la toma de la fotografía y el registro de huellas y firma. No es necesario llevar fotografías.
  6. Presentar copia auténtica del Registro Civil de Nacimiento (fiel copia) del menor expedido por el Notario, Registrador o Cónsul según sea el caso.
  7. Presentar pasaporte anterior si lo ha tramitado.
  8. En caso de pérdida o hurto del pasaporte, los padres del menor o su representante legal, solo deberán informar a la oficina expedidora dicha situación, bajo la gravedad de juramento.