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"Es
la convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe
o rechace un proyecto de norma jurídica o
derogue o no una norma ya vigente", así
define la Ley 134 de 1994 al Referendo.
Asimismo, es sólo uno de los mecanismos
de participación del que se pueden valer
los ciudadanos para tener un papel más
activo en la democracia. El grupo lo integran
también, el voto, el plebiscito, la consulta
popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa
y la revocatoria del mandato.
Dichos mecanismos están consagrados en
artículos como el 103 de la Constitución
Política y en la Ley 134 de 1994. En la
segunda norma, se establece por ejemplo, que el
Referendo puede ser carácter nacional,
regional, departamental, distrital, municipal
o local.
Existen varias clases de Referendo. Está
el que sirve para dar su consentimiento a una
Ley o en caso contrario anularla exceptuando alguna
referente a tratados internacionales, presupuesto,
materias fiscales o tributarias. El primero, se
denomina referendo aprobatorio y el segundo, referendo
derrogatorio.
Otro tipo de Referendo, es el que somete a votación
las leyes que establecen la conversión
de una región en entidad territorial. En
este caso, los consultados son los habitantes
de los departamentos afectados.
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La campaña de
Referendo
Concretamente, el Referendo que podrán
votar los colombianos este 25 de octubre, estaba
integrado inicialmente por 19 artículos
que terminaron convertidos en 15, ante la decisión
de la Corte Constitucional de declarar inexequibles
cuatro de ellos.
El Referendo, fue uno de las principales promesas
de campaña del Presidente Álvaro
Uribe en los comicios de mayo de 2002. Incluso,
el mismo día de su posesión, el
7 de agosto del año pasado, radicó
la iniciativa en el Congreso de la República.
Al interior de la corporación, el Referendo
vivió una importante medición de
fuerzas. Además, este es un tema que ha
despertado toda una serie de críticas a
su alrededor.
De esta manera, se le cuestiona al Ejecutivo el
haberse tenido que olvidar de aspectos como la
revocatoria del mandato de los congresistas y
del unicameralismo.
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A su vez, la inclusión de los puntos nuevos
en la iniciativa original como el congelamiento
del gasto, la eliminación de las Personerías
y las Contralorías que lo terminaron convirtiendo
según analistas como Alejo Vargas en un
"potpurrí" de temas.
Otros de los puntos son la pérdida de
investidura o muerte política, la eliminación
de suplencias y de los auxilios parlamentarios
y la reducción del Legislativo.
Finalmente, con todas estas propuestas el proyecto
fue aprobado por el Senado de la República
el 5 de diciembre. Prosiguió la conciliación
con la Cámara y el Presidente Álvaro
Uribe lo firmó en enero. Posteriormente
se produjo el fallo de la Corte Constitucional
sobre la exequibilidad de la Ley 796 de 2003.
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