La
deducibilidad es del 80% para todos los impuestos territoriales.
Es decir, que las empresas que paguen el Impuesto de Renta
podrán deducir ese porcentaje de los impuestos
territoriales que cancelen como los de Industria y Comercio,
Predial, Timbre y Vehículos.
Igualmente, se contempla una reducción de los
beneficios que reciben los trabajadores en las denominadas
rentas laborales. Es decir, que a partir del año
entrante el cobro de la Retención en la Fuente
no se hará sobre la totalidad del salario, sino
sobre el 75% del mismo.
Hoy el beneficio es del 30%. Esto significa que el cobro
del impuesto se hace sobre el 70% del salario.
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