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PEDAGOGÍA ELECTORAL ¿Cómo votar?
El hecho más importante del presente año son las jornadas electorales para elegir un nuevo Congreso y el próximo presidente de los colombianos. El 12 de marzo serán elegidos 102 senadores y 166 representantes a la Cámara, para el periodo legislativo del 2006 al 2010. Mientras el 28 de mayo se elegirá a un nuevo presidente o se mantendrá en el cargo el actual Jefe de Estado. En esta oportunidad las elecciones para elegir el Congreso ( marzo 12 de 2006) están sujetas a la reforma política del 2003, es decir que hay nuevas reglas que se deben tener en cuenta a la hora de votar. Aquí usted podrá encontrar una completa guía que le ayudará a comprender como funciona el nuevo esquema. Madrúguele a la democracia
Tenga en cuenta que las votaciones se abren a las 8:00 a.m. y se cierran a las 4:00 p.m. Es conveniente que acuda al lugar de votación asignado temprano, más aún si usted no inscribió su cédula con anterioridad, pues en ese caso, deberá dirigirse a los centros de votación generales en su respectiva ciudad. Por ejemplo: en Bogotá el mayor puesto de votación está ubicado en Corferias.
Pero no solamente es recomendable llegar temprano el día de las elecciones y haber consultado previamente el puesto de votación asignado, una de las responsabilidades de los ciudadanos es elegir sus dirigentes con criterio y a consciencia. Por ello trate de conocer la propuesta de su candidato, consulte su hoja de vida y en lo posible permanezca alerta a la actualidad política. Eligiendo responsablemente usted tendrá la oportunidad de vigilar a sus funcionarios y exigirles el cumplimiento de sus programas. Antes de todo conozca el partido y su candidato
Para los comicios del 12 de marzo, elección de Senadores y Representantes, el elector deberá marcar en el tarjetón el símbolo del partido por el cual quiere votar, y luego tiene la oportunidad de escoger el candidato de su preferencia entre todos los que compiten en el mismo partido. Por ello usted debe saber de ante mano el número del candidato de su preferencia y el partido al cual pertenece. Sin embargo si usted solamente quiere marcar el símbolo de su partido podrá hacerlo y su voto será completamente valido. En este caso su voto servirá para decidir a cuantos puestos tendrá derecho su partido en el Congreso. Para que su voto sea valido tenga en cuenta Voto por lista: Es aquel en el cual el votante únicamente marca la casilla del partido o movimiento, sin señalar el número de ningún candidato. También cuando el votante marca primero la casilla de un partido o movimiento y además marca las casillas de los números de dos o más candidatos. Voto por candidato: es aquel en el cual el votante marca primero la casilla del partido o movimiento, y luego señala el número de algunos de los candidatos.
Voto en blanco: Es aquel que fue marcado en la casilla de voto en blanco. La elección deberá repetirse si el voto blanco obtiene más del 51 por ciento de los votos. Voto nulo: Cuando se marca más de una casilla de partido o movimiento o la marcación no permite identificar con precisión la intención de voto. Voto sin marcar: Es aquel
que deposita el ciudadano en la urna sin hacer ninguna marcación. Uno de los elementos novedosos para las elecciones del 2006 es el Acto Legislativo 01 de 2003, mejor conocido como Reforma Política, aquí se consagran las nuevas reglas del juego. El espíritu de la Reforma Política, es el fortalecimiento de los partidos y su consolidación. Varios de sus elementos como el umbral, las listas únicas y la prohibición de la doble militancia se dirigen reducir el número de partidos y la unión de fuerzas. Partidos políticos, lista única y bancadas De acuerdo con la Reforma Política, los partidos y movimientos políticos solo podrán presentar un candidato o una lista de candidatos a cada elección de Presidente o de cualquier corporación pública. Además, ninguna persona podrá pertenecer simultáneamente a más de un partido o movimiento político. La Reforma también establece que los partidos y movimientos políticos que no alcancen al menos el dos por ciento de los votos válidos emitidos en la elección perderán su personería jurídica. Las campañas políticas serán financiadas con recursos estatales mediante el sistema de reposición por votos. Los candidatos que sean elegidos por un movimiento o partido político tienen el compromiso de actuar de acuerdo con las directrices de su partido. Es decir, si hacen parte de una corporación pública no podrán votar de acuerdo con sus propios intereses sino de acuerdo con la orientación que definan los jefes del partido. Sin embargo, cada partido tiene libertad para definir en qué casos puede permitir que sus miembros se aparten de las decisiones del partido, por razones de conciencia. Nuevos sistemas electorales El umbral y la cifra repartidora
Para obtener una curul en una corporación pública, cada partido o movimiento político debe obtener al menos el dos por ciento de los votos depositados (si es el Senado de la República) o el 50 por ciento del cuociente electoral, para la Cámara y las demás corporaciones. A esto se le denomina umbral. El umbral se emplea para listas a corporaciones. En ningún caso se computarán para su cálculo las tarjetas no marcadas ni los votos nulos, según establece la reforma. De acuerdo con los cálculos de las autoridades electorales, el umbral para las próximas elecciones puede oscilar entre 200.000 y 240.000 votos como mínimo. Solamente los movimientos y partidos que alcancen el umbral son tenidos en cuenta para el conteo de votos. Es decir que el primer reto de los partidos es superar el umbral. Aquellos que no tengan este mínimo de votos serán excluidos del conteo. El segundo reto es la cifra repartidora. La cifra repartidora es una fórmula matemática que se implementó para asignar las curules de manera proporcional a la votación por los distintos partidos o movimientos políticos. Así superado el umbral, las curules se distribuyen entre los que hayan obtenido una mayor votación. Aquí se la juegan toda El umbral, es decir el número de votos mínimos para tener opción de una curul en el Congreso, también le permite al movimiento adquirir su personería jurídica. El temor por no alcanzar el umbral se ha hecho evidente en las últimas semanas a través de múltiples alianzas entre candidatos afines por un solo movimiento político. Voto preferente Este sistema se aplicará por primera vez el 12 de marzo. Y podrán aplicarlo los partidos y movimientos políticos de manera voluntaria. En ese caso, el elector no está obligado a votar por los candidatos que aparezcan en la cabeza de la lista sino por cualquiera de ella. La lista se organizará empezando por los candidatos que hayan recibido más votos preferentes. Este nuevo sistema de manejo de las listas erradica el viejo esquema en el que el director del partido era quien organizaba el orden en la lista, sin tener en cuenta el consenso de los miembros de su colectividad. ¿Cómo votar en el exterior? Los colombianos residentes en el exterior tuvieron hasta el 31 de diciembre del año pasado para inscribir sus cédulas en las embajadas y consulados de cada país, donde Colombia tiene representación diplomática. Este año los puestos de votación estarán habilitados en las embajadas, consulados y otros lugares autorizados para tal efecto Todos los colombianos inmigrantes que
inscribieron su cédula podrán participar en las elecciones
del 2006, elegir a los integrantes del Congreso el 12 de marzo y el 28
de mayo Presidente de la República. En el caso de que hubiere segunda
vuelta presidencial, la Registraduría ordenó abrir inscripciones
en el exterior nuevamente, la nueva inscripción deberá hacerse
entre el 13 de marzo y el 3 de abril en las representaciones diplomáticas, Así mismo los colombianos en el exterior tienen derecho a presentar sus propios candidatos para una curul en la Cámara de Representantes por la circunscripción internacional. Quien deberá defender los derechos de los inmigrantes y promover políticas especiales para ellos. En tal circunscripción sólo se tienen en cuenta los votos depositados fuera del territorio nacional por ciudadanos colombianos residentes en el exterior, previamente inscritos en el censo electoral correspondiente. Requisitos para votar en el exterior a) Tener inscrita la cédula CONSULTE SITIOS DE VOTACIÓN EN EL EXTERIOR Beneficios para el elector • Descuento, por una sola vez, del
diez por ciento (10%) en el valor de la • Descuento del diez por ciento (10%) en el valor del trámite consular solicitado, durante el año siguiente a la respectiva votación. • Descuento del treinta por ciento (30%) en el impuesto de salida del país cuando el ciudadano visite el país por un término máximo de cuarenta y cinco (45) días. Los ciudadanos que voten en el exterior, y posteriormente se radiquen en Colombia, accederán a los estímulos contemplados para los ciudadanos que voten en el país, en las mismas condiciones en que se encuentran establecidos en la ley. Si estoy inscrito en Colombia pero viajo precisamente el día de las elecciones parlamentarias o presidenciales, ¿puedo votar? No. En el exterior sólo pueden votar aquellos colombianos residentes que hayan inscrito previamente su cédula.
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