INICIO PÁGINA PRINCIPALE-MAILCHATFOROSBUSCADORPOSTALESI-QUIERO; Tienda VirtualAMIGOS Y CONTACTOSTVRADIO
  MEDELLÍN
3 días/2 noches
   
  CALI
3 días/2 noches
   
  BOGOTÁ
TRADICIONAL
3 días/2 noches
   
  PLAN RELIGIOSO
3 días/2 noches
   
  ISLA BARU
2 días/1 noche
   
  LA GUAJIRA
5 días/4 noches
   
  SAN AGUSTÍN
3 días/2 noches
   
  EJE CAFETERO
4 días/3 noches
   
  SANTA MARTA
4 días/3 noches
   
 
 

En Colombia los días festivos están definidos por la Ley 51 de diciembre 22 de 1983 llamada “Ley Emilianni” en atención al Senador que la propuso.

Estos son los dos artículos pertinentes:

"Artículo 1º Todos los trabajadores, tanto del sector público como del sector privado, tienen derecho al descanso remunerado en los siguientes días de fiesta de carácter civil o religioso: primero de enero, seis de enero, diecinueve de marzo, primero de mayo, veintinueve de junio, veinte de julio, siete de agosto, quince de agosto, doce de octubre, primero de noviembre, once de noviembre, ocho de diciembre y veinticinco de diciembre; además de los días jueves y viernes santos, Ascensión del Señor, Corpus Cristi y Sagrado Corazón de Jesús.

Artículo 2º Para el descanso remunerado del seis de enero, diecinueve de marzo, veintinueve de junio, quince de agosto, doce de octubre, primero de noviembre, once de noviembre, Ascensión del Señor, Corpus Cristi y Sagrado Corazón de Jesús cuando no caigan en día lunes se trasladarán al lunes siguiente a dicho día.

Cuando las mencionadas festividades caigan en domingo, el descanso remunerado, igualmente se trasladará al lunes.”

La siguiente tabla resume la ley Emilianni:


Festivos

Enero 1
Enero 6
Marzo 19
Mayo 1
Junio 29
Julio 20
Agosto 7
Agosto 15
Octubre 12
Noviembre 1
Noviembre 11
Diciembre 8
Diciembre 25
Jueves Santo
Viernes Santo
Ascensión
Corpus

Y los que no tienen fecha? Como se puede observar la ley Emilianni indicó los días jueves y viernes santos, Ascensión del Señor, Corpus Cristi y Sagrado Corazón de Jesús que varían año a año.

Las fechas dependen del domingo de Pascua de resurrección así:

Jueves santo: Es el jueves anterior al domingo de Pascua.

Viernes santo: Es el viernes anterior al domingo de Pascua.

Ascensión de Señor: 40 días después del domingo de Pascua.

Corpus Cristi: 3 semanas después de la Ascensión. (61 días después del domingo de Pascua)

Sagrado Corazón: Una semana después de Corpus. (68 días después del domingo de Pascua.

 

 
  Atractivos
Turísticos
  Clima
  Compras
  Consulados
  Dinero
  Economía
  Embajadas
  Eventos
  Fotos
  Feriados
  Hoteles
  Impuestos
  Mapas
  Museos
  Restaurantes
  Salud
  Teléfonos de
Emergencia
  Transporte
  Visas