Las EPS no pueden desafiliar usuarios por mora en pago

El alto tribunal consideró que el Gobierno y las entidades prestadoras estaban violando el derecho a la salud.

Colombia.com - Actualidad
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El alto tribunal consideró que el Gobierno y las entidades prestadoras estaban violando el derecho a la salud.

Un duro cuestionamiento hizo el Consejo de Estado al dejar sin efecto la norma que le permitía a las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) para desafiliar a sus usuarios si estos incurrian en una mora de tres meses en el pago del servicio.

Para el alto tribunal, las EPS estaban violando el derecho fundamental de la salud, al tiempo que advierte que en el orden jurídico no existe ninguna norma que autorice a que los usuarios del sistema de salud sean retirados por fallas en el pago a las entidades.

Cuestiona la posición del Ejecutivo al autorizar a las EPS para que retiraran a los usuarios que se demoraran en su pago, señalando que fue una extralimitación de sus funciones pues se atentó contra un derecho fundamental.

En la decisión se le hace una solicitud al Congreso de la República y a la Superintendencia de Salud para que regulen en el tema del no pago por parte de los empleadores.