Abc de la Reforma tributaria

Viernes, 20 / Sep / 2002
 
El siguiente es el Abc de la reforma tributaria elaborado por la Presidencia de la República con el fin de despejar las dudas que se tengan al respecto. Así, que teniendo en cuenta la importancia, a continuación se publica el texto completo

¿POR QUE SE NECESITA PRESENTAR UNA REFORMA TRIBUTARIA?

Porque es una pieza clave para estabilizar las finanzas públicas en el mediano plazo.

Además porque ayudará a tapar el faltante fiscal que tiene el presupuesto general de la Nación para el 2003, que asciende a 6 billones 147 mil millones de pesos.

Esta iniciativa se suma al esfuerzo fiscal que realiza el Gobierno a través de la Conmoción Interior, el control al gasto público y las reformas estructurales como la pensional y laboral.

"Son un todo para darle confianza a la economía del país", dijo el Ministro de Hacienda en la exposición de motivos.

¿QUE ESPERA CONSEGUIR EL GOBIERNO CON ESE PROYECTO?

Se espera conseguir recursos importantes para financiar el faltante fiscal:

En el 2003: 2 billones 258 mil millones de pesos

En el 2004: 2 billones 704 mil millones de pesos

En el 2005: 2 billones 912 mil millones de pesos

En el 2006: 2 billones 818 mil millones de pesos

¿QUE CONTIENE LA REFORMA?

Contempla normas para evitar la evasión de impuestos, se amplía la base gravable del Impuesto a las Ventas (IVA) con una tarifa del 5 por ciento, se aumenta la sobretasa a la gasolina, se crea una contribución especial en el impuesto de renta, se respetan las rentas exentas de los asalariados y se introducen modificaciones a los impuestos territoriales.

IMPUESTO A LAS VENTAS (IVA)

¿CUALES NUEVOS PRODUCTOS SERAN GRAVADOS CON EL IVA Y CON QUE TARIFA?

Serán gravados con un IVA del 5 por ciento los siguientes productos:

Agua envasada

Algunos minerales

Abonos

Plaguicidas e insecticidas

Toallas sanitarias

Pañales desechables

Arrendamiento de inmuebles diferentes a vivienda

Servicios de aseo y vigilancia

Servicios de estética y gimnasios

Planes de medicina prepagada

Arroz

Azúcar

Chocolate

¿QUE PRODUCTOS PAGARAN UN IVA DEL 16 POR CIENTO?

Además de todos los productos y servicios que hoy pagan ese tributo, tendrán que pagar esa tarifa los siguientes bienes y servicios:

Margarinas

Aceites

Pasajes aéreos

Publicidad

Estos productos y servicios pagan hoy una tarifa diferencial del 10 por ciento.

¿QUE TRATAMIENTO TENDRA LA CERVEZA?

La cerveza tendrá un IVA diferencial del 13 por ciento. Hoy esta bebida paga un gravamen del 8 por ciento. Es decir, sería aumentado en 5 puntos.

¿CUALES ESTARAN EXENTOS DEL PAGO DE DICHO IMPUESTO?

Leche

Carne

Pollo

Pescado

Huevos

Pan

Papa

Medicamentos

Educación

Arrendamiento de vivienda

Servicios públicos (agua, gas, energía eléctrica y teléfono)

Transporte

Salud (excepto los servicios complementarios).



El Gobierno planteó unificar las tarifas del impuesto a las ventas que pagan los vehículos en Colombia.

Los vehículos nacionales de hasta 1.400 centímetros cúbicos, que hoy pagan una tarifa del 20 por ciento, pasarán a pagar un IVA del 25 por ciento.

Entre tanto, los importados de hasta 1.400 centímetros cúbicos, que hoy pagan una tarifa del 35 por ciento, pasarán a pagar un IVA del 25 por ciento.

Por otra parte, los carros nacionales e importados con un cilindraje mayor a 1.400 centímetros cúbicos, pagarán una tarifa del 40 por ciento. Hoy pagan una IVA del 35 por ciento.

¿QUE TIPO DE ESTIMULOS PARA LAS EMPRESAS CONTEMPLA EL PROYECTO?

Con el fin de incentivar la inversión en maquinaria industrial, el Gobierno propone el descuento del IVA pagado en la compra e importación de tales bienes diferido en 3 años. Cuando se trate de industrias con un gran porcentaje de exportaciones se exime del pago del IVA la importación de la maquinaria industrial.

IMPUESTO DE RENTA

¿QUE PASA CON EL IMPUESTO DE RENTA?

El proyecto contempla la creación de una contribución especial para 2003, equivalente al 10 por ciento del impuesto de renta.

Significa que la tarifa de dicho gravamen, que hoy se encuentra en el 35 por ciento, pase al 38,5 por ciento.

¿LA SOBRETASA DEL 10 POR CIENTO POR CUANTO TIEMPO SE COBRARA?

El aumento de 3,5 por ciento será una obligación especial que harán los contribuyentes durante el 2003. Este pago no será deducible, ni descontable y será por una sola vez.

¿QUE PASA CON LAS RENTAS LABORALES?

La iniciativa mantiene exentas el 30 por ciento de las rentas laborales, aunque se establece un límite de hasta tres millones de pesos.

Esto significa que la retención en la fuente que se le hace a los asalariados se mantendrá sobre el 70 por ciento del salario que devengue.

Por ejemplo, si una persona gana mensualmente tres millones de pesos, la retención se le hará sobre el 70 por ciento, es decir, dos millones 100 mil pesos. Sobre los 900 mil pesos restantes no se cobrará retención.

IMPUESTOS TERRITORIALES

¿QUE PASA CON LA SOBRETASA A LA GASOLINA?

La sobretasa a la gasolina aumentará 5 por ciento. Esto significa que, de ser aprobado por el Congreso, a partir del primero de enero pasará del 20 al 25 por ciento, con una tasa flexible en las zonas de frontera.

Se propone, además, la creación de un Fondo Cuenta para administrar el recaudo sobre el impuesto a vehículos automotores manteniendo su distribución del 80 por ciento para los departamentos y el Distrito Capital, y el 20 por ciento para los municipios.

¿QUE PASA CON EL IMPUESTO AL CONSUMO DE LICORES?

La reforma también contempla la introducción de modificaciones a la fórmula para calcular el impuesto al consumo de licores, dependiendo de su grado alcoholimétrico.

Esto significa que los licores con rangos de entre 2,5 y 15 grados de alcohol, pagarán 65 pesos por cada grado. En bebidas con más de 15 grados, la tarifa será de 130 pesos por cada grado alcoholimétrico.

¿QUE PASARA CON LOS IMPUESTOS MUNICIPALES?

El impuesto predial contiene las sobretasas ambientales que se cobran en algunos municipios. En todo el país se autoriza la adopción del mecanismo de autoavalúo.

A nivel nacional se propone la unificación del impuesto de industria y comercio con el de tableros y avisos.

SE PENALIZA LA EVASION

¿QUE CONDUCTAS SERAN PENALIZADAS?

La legislación contemplará cinco nuevas conductas que darían lugar a la imposición de penas. Estas irían desde maniobras fraudulentas de los contribuyentes para disminuir el valor a pagar de los impuestos y aumentar los saldos a su favor, hasta la omisión por parte del contribuyente de la presentación de las declaraciones de impuestos o cuando obtenga de manera improcedente una devolución de tributos.

También habrá penalización cuando los ciudadanos o empresas simulen operaciones con tratamientos tributarios especiales o se insolventen con el propósito de incumplir con sus obligaciones fiscales.

¿CUALES SERAN LAS SANCIONES?

Entre cuatro y ochos años de cárcel tendrán que pagar los colombianos que evadan el pago de impuestos.

Según el proyecto de reforma fiscal que el Gobierno presentó a consideración del Congreso, las penas también contemplan multas entre 46 millones 350 mil pesos hasta 185 millones 400 mil pesos (entre 150 a 600 salarios mínimos legales mensuales).

A su vez, en: www.presidencia.gov.co/documentos/framdoc.htm , encontrará el texto completo del proyecto de ley donde se estipula todo lo relacionado en materia tributaria.
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