Por: Yuly Solis • Colombia.com

El Gobierno Petro sanciona ley que regula el consumo de vapeadores en Colombia

La legislación prohíbe la venta de vapeadores a menores para proteger la salud pública y adaptarse al consumo de tabaco actual.

Actualización
Colombia prohíbe el uso de vapeadores en lugares cerrados y públicos. Foto: Twitter
Colombia prohíbe el uso de vapeadores en lugares cerrados y públicos. Foto: Twitter

La legislación prohíbe la venta de vapeadores a menores para proteger la salud pública y adaptarse al consumo de tabaco actual.

En horas de la tarde de este miércoles, 15 de mayo, el presidente Gustavo Petro sancionó la ley 2354 del 2024, con la cual se regula el consumo, venta, compra y publicidad de los vapeadores a nivel nacional. Se trata de una iniciativa que aprobó el Congreso y que, con su firma, el mandatario convierte en una realidad.

Esta ley, conocida como la Ley Antitabaco 2.0, entró en vigor el pasado 9 de mayo y es una modificación de la ley antitabaco 1335 de 2009. Prohíbe la venta directa o indirecta de cigarrillos electrónicos y vapeadores a menores de edad en toda Colombia.

“El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Salud y Protección Social, diseñará y pondrá en marcha estrategias y campañas educativas sobre los potenciales efectos y riesgos para la salud del uso de Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN), Sistemas similares Sin Nicotina (SSSN) Productos de Tabaco Calentado (PTC) y Productos de Nicotina Oral (PNO); las cuales estarán dirigidas a toda la población, pero especialmente a los usuarios de dichos sistemas y/o productos, así como a los niños, niñas y jóvenes del país”, precisa el artículo 3 de la ley que regula el uso de los vapeadores.

El senador José David Name, autor de la iniciativa, destacó que esta nueva ley representa un avance significativo en la protección de la salud pública en Colombia. "Esta ley permite abrir espacios para el desarrollo de estrategias sobre los efectos potenciales de estos dispositivos en la salud de las personas", explicó Name.

Siendo así, a esta norma se le aplicarán las “medidas de control establecidas en la Ley 1335 de 2009”, con lo que se establece que los vapeadores no pueden ser consumidos en espacios cerrados o públicos, como: bares, restaurantes, centros comerciales, tiendas, ferias, festivales, parques, estadios, cafeterías, discotecas, cibercafés, hoteles, ferias, casinos, zonas comunales y áreas de espera, donde se realicen eventos de manera masiva, entre otras.