Tribunal Superior revela el fallo sobre la posesión de Abelardo de la Espriella

El Tribunal Superior de Bogotá negó la tutela que buscaba impedir la posesión de Abelardo de la Espriella por su doble nacionalidad.

Por: Laura Campo • Colombia.com
Abelardo de la Espriella sí puede posesionarse. Foto: Shutterstock
Abelardo de la Espriella sí puede posesionarse. Foto: Shutterstock

El Tribunal Superior de Bogotá negó la tutela que buscaba impedir la posesión de Abelardo de la Espriella por su doble nacionalidad.

El Tribunal Superior de Bogotá rechazó la acción de tutela que buscaba impedir la posesión de Abelardo de la Espriella como presidente de Colombia debido a su doble nacionalidad. Con esta decisión, el alto tribunal concluyó que no existe fundamento jurídico para frenar su llegada a la Casa de Nariño por ese motivo.

La tutela había sido presentada por el ciudadano Gary Ernesto Martínez Gordón contra el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Registraduría Nacional del Estado Civil. En ella se alegaba que la participación de De la Espriella en las elecciones vulneraba principios constitucionales y se solicitaba impedir que asumiera la Presidencia.

Sin embargo, el Tribunal determinó que la acción de tutela no es el mecanismo adecuado para controvertir la legalidad de una candidatura presidencial o de una elección. En su análisis recordó que, si se pretende cuestionar la validez de un proceso electoral, el procedimiento correspondiente debe adelantarse ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo mediante una demanda contra el acto que declara la elección.

La corporación también destacó que el Consejo Nacional Electoral ya había estudiado previamente las solicitudes para revocar la inscripción del hoy presidente electo y concluyó que no existía ninguna causal de inhabilidad o inelegibilidad relacionada con su doble nacionalidad.

En ese sentido, el Tribunal reiteró que la legislación colombiana no establece que la adquisición de una segunda ciudadanía constituya, por sí sola, un impedimento para ejercer la Presidencia cuando se trata de un colombiano por nacimiento. Asimismo, recordó que las restricciones para aspirar a este cargo están expresamente definidas en la Constitución y no pueden ampliarse mediante interpretaciones distintas.

La controversia tomó fuerza durante la campaña presidencial y se intensificó después de la segunda vuelta, cuando algunos sectores políticos, entre ellos el excandidato Iván Cepeda, insistieron en que la nacionalidad estadounidense de De la Espriella debía impedir su posesión. Incluso, Cepeda llegó a anunciar que promovería actos de desobediencia civil tras conocerse los resultados electorales.

No obstante, tanto el Consejo Nacional Electoral como el Consejo de Estado habían respaldado previamente la validez de la inscripción de la candidatura, señalando que cualquier discusión sobre la elección solo podía adelantarse mediante las acciones judiciales previstas para ese fin.

Durante la campaña, Abelardo de la Espriella también enfrentó otros procesos relacionados con el uso de símbolos patrios y elementos de publicidad electoral. Algunas decisiones iniciales ordenaron modificar parte de su propaganda, pero posteriormente fueron revocadas o anuladas por instancias superiores.

Con este nuevo fallo, el Tribunal Superior de Bogotá deja sin efecto el principal intento de impedir la posesión del presidente electo por razones relacionadas con su doble nacionalidad, ratificando que no existe una inhabilidad constitucional que le impida asumir el cargo.