Elecciones del 8 de marzo: Gobierno decreta ley seca y cierre de fronteras en todo el país
¿Qué está prohibido en elecciones? Ley seca, propaganda y reglas para medios de comunicación. Estas son medidas del Gobierno.
¿Qué está prohibido en elecciones? Ley seca, propaganda y reglas para medios de comunicación. Estas son medidas del Gobierno.
En el marco de las elecciones legislativas que se llevarán a cabo en el país este domingo, 8 de marzo, el Ministerio del Interior dispuso de una serie de medidas necesarias “para la conservación del orden público” durante la jornada electoral.
La norma establece restricciones como ley seca, cierre de fronteras y otras disposiciones en materia de transporte y difusión de encuestas, entre otras disposiciones.
La entidad determinó que la ley seca se aplicará entre las 6:00 p.m. del sábado 7 de marzo y las 12:00 p.m. del lunes 9 de marzo. Los alcaldes y gobernadores podrán, en caso de ser necesario, ampliar estos horarios.
En cuanto al cierre de fronteras, el decreto ordena la restricción en los pasos terrestres y fluviales durante el lapso comprendido entre las 6:00 p.m. del 7 de marzo hasta las 6:00 a.m. del 9 de marzo.
Medios de comunicación
El Decreto 0188 del 27 de febrero de 2026 también ordena la garantía de la honra, buen nombre y equilibrio informativo en la transmisión de programas, mensajes, entrevistas o ruedas de prensa que se transmitan con candidatos y dirigentes políticos, así como la propaganda electoral.
De otro lado, se prohíbe toda clase de propaganda político-electoral, manifestaciones, comunicados y entrevistas que constituyan promoción o apoyo a candidaturas, partidos o movimientos políticos, a través de radio, prensa y televisión, y la propaganda móvil, estática o sonora.
Propaganda electoral
El día de las elecciones no pueden exhibirse carteles, pasacalles, vallas y afiches de propaganda electoral, pues será decomisada por la Policía Nacional y se aplicarán las sanciones de ley.
El elector sí podrá portar un elemento de ayuda de máximo 10 centímetros por 5.5 centímetros, como ayuda para identificar al candidato o partido de su preferencia. Igualmente, el decreto establece que desde el lunes 2 y el lunes 9 de marzo, los actos de carácter político solo podrán realizarse en recintos cerrados.
Otras normas electorales
El decreto establece otras disposiciones para el día de elecciones. Por ejemplo, los testigos electorales podrán acceder al puesto de votación que les corresponda durante toda la jornada electoral y hasta el cierre de escrutinios; las personas con limitaciones físicas o dolencias podrán asistir con un acompañante hasta el cubículo, preservando el derecho al voto secreto.
Los medios de comunicación solo podrán difundir información de resultados electorales provenientes de la Organización Electoral, lo mismo que la información de orden público, que debe provenir de fuentes oficiales.