¿Cómo reclamar su medio día de descanso por votar y qué hacer si su jefe se niega?
Al ir a votar este domingo, los colombianos obtienen múltiples beneficios que pueden reclamar con el certificado electoral.
Al ir a votar este domingo, los colombianos obtienen múltiples beneficios que pueden reclamar con el certificado electoral.
Colombia está a tan solo dos días de que se abran las urnas para las elecciones presidenciales, y uno de los temas que más genera curiosidad son los beneficios que adquieren muchos trabajadores por ejercer su derecho al voto, y es que según lo establece la legislación colombiana, quienes participen en la jornada electoral pueden un descanso remunerado.
La Ley 403 de 1997, modificada posteriormente por la Ley 815 de 2003, sentencia que los ciudadanos que voten tienen derecho a medio día compensatorio de descanso remunerado, como incentivo por acudir a las urnas. Este beneficio que aplica tanto para trabajadores del sector público como privado.
¿Cómo se debe reclamar el medio día compensatorio por votar?
Para reclamar este beneficio, el empleado debe presentar ante su empleador el certificado electoral expedido el día de la votación. Este documento es entregado por los jurados en el puesto electoral y sirve como prueba oficial de participación en los comicios.
Sobre el plazo para hacer efectivo el permiso, la ley establece que el descanso puede ser solicitado dentro de los 30 días siguientes a la jornada electoral y deberá ser acordado entre el trabajador y la empresa para definir la fecha en la que se tomará la media jornada.
Las autoridades electorales hicieron un llamado a los ciudadanos para conservar el documento luego de votar, ya que este es indispensable para acceder a los incentivos establecidos por la normativa.
¿Qué pasa si le niegan el permiso?
El Ministerio del Trabajo recordó que el beneficio no puede ser negado por el empleador, siempre que el trabajador presente el certificado correspondiente y haga la solicitud dentro del plazo legal. No obstante, aclaró que ambas partes deben coordinar el momento adecuado para disfrutar del descanso y evitar afectaciones en la operación laboral.
Sin embargo, ante la posible negativa, se puede reclamar presentando una acción de cumplimiento, si quien reclama es empleado de una entidad pública. En el caso de empleados de empresas privadas, estos pueden presentar una queja ante el Ministerio de Protección Social o la Oficina del Trabajo.
Más beneficios por votar
Además del día compensatorio, el certificado electoral también otorga otros beneficios contemplados por la ley colombiana. Entre ellos se encuentran descuentos en trámites de expedición de pasaporte, duplicado de cédula y algunos beneficios en instituciones de educación superior públicas.
También puede servir como criterio de desempate en concursos de empleo estatal y acceso a becas educativas.