Por: Karen Benavides • Colombia.com

Razas de perros que están obligadas a usar bozal en Colombia: ¿cuáles son?

En Colombia, la ley determina que algunas razas de perro deben usar bozal de forma obligatoria al estar en lugares públicos, te contamos cuáles son.

¿Cuáles son los perros que deben usar bozal en Colombia? Estas serían las multas. Foto: Shutterstock
¿Cuáles son los perros que deben usar bozal en Colombia? Estas serían las multas. Foto: Shutterstock

En Colombia, la ley determina que algunas razas de perro deben usar bozal de forma obligatoria al estar en lugares públicos, te contamos cuáles son.

Según los expertos, la personalidad de muchos animales viene definida por su raza, al tratarse de temas de genética o instinto, sin embargo, son muchas las personas que difieren de esta idea, al asegurar que muchos de los comportamientos de estos seres están relacionados directamente con experiencias de su pasado o las enseñanzas que pueda brindarle el ser humano.

Es a partir de esta polémica que surge el término “perros de manejo especial” o “perros de razas peligrosas”, para los cuales se han creado normas especiales que buscan evitar tragedias o accidentes, aunque no se trate de caninos agresivos o que representen algún tipo de riesgo para la sociedad.

Precisamente, la Ley 746 de 2002, en un artículo adicionado al Código Nacional de Policía, establece que "en las vías públicas, en los lugares abiertos al público, y en el transporte público en que sea permitida su estancia, todos los ejemplares caninos deberán ser sujetos por su correspondiente traílla. En el caso de los ejemplares objeto de los artículos 108-E y 108-F de la presente ley, deberán portar además su correspondiente bozal y permiso".

Pero, ¿cuáles son esos perros a los que se hace referencia, a los cuales se les exige, además del uso de correa, el porte de bozal y un permiso de tenencia y circulación? Esta misma ley en su sección 108E y 108F da a conocer dichos ejemplares que hacen parte de la normativa:

  • Perros que han tenido episodios de agresiones a personas u otros perros.
  • Perros que han sido adiestrados para el ataque y la defensa.
  • Perros que pertenecen a una de las siguientes razas o a sus cruces o híbridos: American Staffordshire Terrier, Bullmastiff, Dóberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasileiro, Mastín Napolitano, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, De presa canario, Rottweiler, Staffordshire Terrier, Tosa Japonés.

Dichos perros son considerados en Colombia como “ejemplares caninos potencialmente peligrosos”, motivo por el cual sus dueños deben ser conscientes de la responsabilidad que adquieren al tenerlos como mascotas, lo que incluye mantenerlos con correa y bozal en espacios públicos, así como sacar el respectivo permiso ante la Alcaldía.

Para sacar dicho permiso, las personas deben registrar a sus caninos en el Censo de Perros Potencialmente Peligrosos en las alcaldías municipales, brindando datos como nombre del animal, identificación y ubicación del propietario, descripción física del ejemplar, lugar habitual de residencia, entre otros datos; asimismo, tendrá que adquirir una póliza de responsabilidad civil extracontractual para cubrir indemnizaciones por perjuicios a personas, objetos y otros animales.

En caso de no acatar estas órdenes de las autoridades, los dueños de dichos caninos tendrán que enfrentar multas de cinco (5) salarios mínimos legales diarios por no portar la traílla; multa de diez (10) salarios mínimos legales diarios por no portar el bozal en el caso de los ejemplares definidos en los artículos 108-E y 108-F y multa de quince (15) salarios mínimos legales diarios por no portar el respectivo permiso en el caso de los ejemplares definidos en los artículos 108-E y 108-F.