Corte Internacional de Justicia se declara competente en litigio Colombia - Nicaragua

La Corte Internacional de Justicia se pronunció acerca de su competencia para conocer y fallar sobre la demanda interpuesta por Nicaragua contra Colombia.

El presidente de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), Ronny Abraham. Foto: EFE
El presidente de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), Ronny Abraham. Foto: EFE

La Corte Internacional de Justicia se pronunció acerca de su competencia para conocer y fallar sobre la demanda interpuesta por Nicaragua contra Colombia.

En lo que va de la lectura del fallo la Corte Internacional de Justicia decidió que el Pacto de Bogotá seguía vigente en el momento en que Managua interpuso dos demandas contra Bogotá en 2013, por lo que según el juez Ronny Abraham no “tiene un efecto retroactivo ni efecto en nuestra jurisdicción”.

El retiro del Pacto de Bogotá “no afectaría los procedimientos que se habían interpuesto antes de la notificación de los recursos de Nicaragua”, destaca la sentencia.

Además se ha rechazado dos de las cinco objeciones de Colombia en litigio con Nicaragua.

La primera objeción hace referencia al Pacto de Bogotá y la segunda el no cumplimiento por parte de Colombia del fallo del 19 de noviembre de 2012,en el cual estableció la delimitación marítima entre Nicaragua y Colombia en aguas del mar Caribe. En esa demanda, además, Nicaragua alegó que Colombia no ha cumplido dicha decisión de la CIJ y, en cambio, ha amenazado con el uso de la fuerza en aguas nicaragüenses sobre las aguas que la CIJ les entregó.

¿Por qué la CIJ se declara competente?

En resumidas cuentas, la Corte no aceptó el argumento Colombiano según el cual la denuncia era “inmediata”. Dijo, de conformidad con el Pacto de Bogotá, que la denuncia entra en vigencia un año después. Es decir, como el pacto fue denunciado el 27 de noviembre de 2012, el Pacto estaba vigente el día en que se presentó la aplicación (26 de noviembre de 2013).

Además, no aceptó los argumentos colombianos según los cuales no existía una disputa entre ambos estados en el momento en que Nicaragua presentó su demanda. De hecho, dijo que el decreto 1946 emitido por Colombia para la creación de una Zona Contigua Integral del Archipiélago de San Andrés, asi como las declaraciones de sus agentes de Estado, entraban a formar parte de esta disputa aunque no existiera nota de protesta formal por parte de Managua.

Siga en Vivo la lectura del fallo de la CIJ en litigio con Nicaragua

Hasta ahora nada asegura que, por el hecho de declararse competente, la CIJ vaya a condenar a Colombia o a emitir un fallo desfavorable para el país.