El 5 de marzo la Corte Suprema dará a conocer condena a Hurtado y Bernando

Durante la lectura de fallo el magistrado Fernando Castro advirtió que las conductas en las que incurrieron tanto María del Pilar Hurtado como Bernardo Moreno son reprochables penalmente.

Colombia.com - Actualidad
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Durante la lectura de fallo el magistrado Fernando Castro advirtió que las conductas en las que incurrieron tanto María del Pilar Hurtado como Bernardo Moreno son reprochables penalmente.

En el caso de Hurtado indica la Corte que avaló un procedimiento ilícito para obtener información siguiendo instrucciones de la Presidencia de la República.
 
"Actividades como la obtención de expedientes en la Corte Suprema nada tenía que ver  con la protección de la seguridad nacional, tampoco con establecer los vínculos de magistrados con elnarcotráfico para revestir de legalidad el procedimiento del DAS", explicó Castro
 
En el caso de las interceptaciones a la exsenadora Piedad Córdoba, la Corte dijo que esto merece el calificativo de ilegal y se afirma el compromiso penal de Hurtado pues fue ella quién avaló tal procedimiento y aunque en este caso se contaba con autorización legitima, de todas forma estas interceptaciones implicaron la invasión al derecho de la intimidad de la ex senadora Piedad Córdoba.

En el caso de la exrepresentante a la Cámara, Yidis Medina el alto tribunal encontró que el DAS recolectó información sobre la exparlamentaria  sin que se demostrara que esta labor era justificada.
 
"El ilegitimo procedimiento de recolección de información venía de la Presidencia de la República de no haber sido así no habría sido el receptor de información reservada", agregó el magistrado.