Corte Constitucional dio visto bueno a Conmoción Interior

Jueves, 03 / Oct / 2002
 
Colombia.com
El Presidente Álvaro Uribe declaró el estado de Conmoción Interior el pasado 11 de agosto, contemplado en el decreto 1837, a raíz de los problemas de seguridad y la amenaza que representan los grupos armados ilegales para los ciudadanos.
El Ejecutivo presentó a la Corte Constitucional cuatro razones que motivan la declaración de este estado de excepción incluido en el artículo 213 de la Constitución Nacional de 1991.

Las razones presentadas por el nuevo Gobierno son los ataques contra los ciudadanos indefensos, el terrorismo y la presión contra las autoridades nacionales, regionales y locales.

Los juristas que respaldaron la medida, aseguraron que son motivos suficiente para hacer exequible el estado de Conmoción.

La votación contó con ocho votos a favor y uno en contra, realizado por Jaime Araujo Rentería.

Sin embargo, no estuvieron de acuerdo con la motivación del Presidente, en donde Colombia es el país donde más muertes violentas se registran en el mundo.

Otro punto que favoreció el decreto fue la violación de los Derechos Humanos, las infracciones al Derecho Internacional Humanitario y los crímenes de lesa humanidad.

Según los miembros de la Corte, estos delitos se han financiado con recursos provenientes del narcotráfico, el secuestro y extorsión.

El terrorismo contra la población civil, las autoridades nacionales, la infraestructura de servicios públicos, las amenazas hacia los mandatarios regionales y nacionales, así como la presión hacia los familiares de estos funcionarios, son claros ejemplos que justifican el visto bueno de la Corte Constitucional.

La Corte, declaró inexequible un artículo del decreto 1837 que ordenaba la remisión a la Corte de los decretos legislativos expedidos al amparo de la Conmoción.

El Estado de Conmoción Interior entró en vigencia en la Constitución Política de 1991, y entró a reemplazar lo que antes se conocía como el Estado de Sitio. Esta fue promulgada bajo el Gobierno del Presidente de ese entonces, César Gaviria Trujillo, quien fue el primero en apelar a ella, para evitar la excarcelación masiva de guerrilleros, paramilitares y grandes delincuentes.

Desde su promulgación en 1991, la Conmoción Interior ha sido decretada (incluida la del presidente Uribe) en seis oportunidades, pero sólo cuatro de ellas fueron respaldas por la Corte Constitucional, ente que debe estudiar los decretos y motivos que este estado de excepción contemple.
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