Conozca acerca de la “estampida tributaria”

Lunes, 25 / Nov / 2002
 
Colombia.com
Luego de un sinnúmero de transformaciones y algunos “reversazos” del Gobierno en materia de Reforma Tributaria, finalmente el jueves de la semana pasada el proyecto fue radicado en la Comisión Tercera de la Cámara para empezar en forma su respectivo tramite en el Congreso. Teniendo en cuenta todo el proceso por el que ha pasado la iniciativa, a continuación encontrará los lineamientos básicos de la misma.

Entre los puntos principales se destacan la exclusión de algunos productos como el arroz, el agua envasada y los abonos, que en el anterior proyecto estaban en “la fila” de los nuevos gravados con el IVA. Asimismo, se mantienen dentro del “paquete tributario” cerca de 60 productos, los cuales serían gravados con un IVA del 7%.

Cabe resaltar que son tres las categorías que se manejan en el proyecto, la de los bienes excluidos, los gravados y los exentos. Los primeros, son los que están libre de cobro mediante este tributo; los segundos, son los si tienen que pagar un determinado impuesto en este caso, el del IVA y los últimos, son los que tienen que liquidar cierto valor, que luego les será devuelto.

En el primer grupo se encuentran, además de los mencionados anteriormente, a los tubérculos, las hortalizas en sus diferentes presentaciones, el café en grano, el maíz, los tomates, la lechuga, la zanahoria, la remolacha, los pepinos. También, los cocos, las uvas, los melones, la sandia y papayas, manzanas y peras.

Mientras que los cereales, la harina de trigo, el atún enlatado, las fructosas, el cacao, el chocolate, la pasta, los preservativos, los pañales desechables, las toallas sanitarias y los fósforos; hacen parte de los gravados.

En cuanto a lo que a maquinaría se refiere, algunos de los afectados son los requeridos para el ordeño, industria lechera, la avicultura, (incluidas las incubadoras y criadoras avícolas), las necesarias para la preparación o fabricación de alimentos o bebidas y las hélices para barcos y sus paletas, entre otros.

Respecto a la categoría de exentos entre ellos están la carne de animales de la especie bovina, fresca, refrigerada y congelada, la carne de animales de la especie porcina, fresca, refrigerada o congelada e igualmente, de la especia ovina o caprina, fresca, refrigerada o congelada.

Además, del pescado fresco, congelado; los filetes y demás carne de pescado (incluso picada), frescos, refrigerados o congelados; el queso fresco (sin madurar); los huevos para incubar; los de ave con cáscara, frescos y la leche maternizada (leche especial para bebés disponible en el mercado)

Servicios gravados

En el caso de la cerveza inicialmente, se planteaba cobrar un IVA del 13%, que en esta ocasión se bajó al 11%.

Pero no sólo los bienes serán gravados, también están algunos servicios como el arrendamiento de inmuebles diferentes a los destinados para vivienda y de espacios para exposiciones y muestras artesanales nacionales, la comisión por los servicios de aseo, de vigilancia aprobados por la Superintendencia de Vigilancia Privada.

Asimismo, están los planes de medicina prepagada y complementarios, las pólizas de seguros de cirugía y hospitalización, pólizas de seguros de servicios de salud y en general los planes adicionales, conforme con las normas vigentes.

Los servicios de clubes sociales o deportivos de trabajadores y de pensionados, el almacenamiento de productos agrícolas por almacenes generales de depósito y el servicio de alojamiento prestado por establecimientos hoteleros o de hospedaje, debidamente inscritos en el Registro Nacional de Turismo; son otros de los que se incluyen en esta “estampida tributaria”.
Dichos servicios serían gravados a partir del 2005 con una tarifa del 10%. Mientras que la telefonía celular será gravada en el 2003 con un 20%.

Las propuestas en renta
Básicamente en este punto, la propuesta consiste en un incremento del 35 al 38,5 a partir del 2003 y en el 2004, se contempla la creación de una sobretasa permanente del 5 por ciento.

Precisamente, este último, fue uno de los aspectos que “levantó ampolla”, entre los industriales, pero pese a ello, el Gobierno decidió mantenerla dentro de la iniciativa.

Igualmente, se propone una disminución del 30 al 25% en el valor de la exención por los pagos laborales, pero aumentando la limitación de un millón de pesos presentada en la propuesta inicial, a cuatro millones de pesos mensuales como tope máximo de exención.

Por último, en este nuevo articulado del proyecto se contempla además el desmonte de la denominada deducibilidad de los impuestos territoriales.
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