Deportes • JUN 9 / 2026
Ley de Orden público pasó primer debate
Miércoles, 27 / Nov / 2002

Desde el momento en que se propuso ampliar la vigencia de esta ley que se vencía en diciembre del presente año, la iniciativa obtuvo el respaldo de diferentes sectores y parece contar ahora con el viento a su favor, luego de haber superado su primera prueba, es decir su primer debate en las Comisiones Constitucionales del Legislativo.
La Ley 418 del 26 de diciembre de 1997, nació para darle piso jurídico a la zona de distensión y dotar al estado de mecanismos idóneos para lograr la reinserción de los grupos armados al margen de la ley, un aspecto que sigue teniendo importancia para el Gobierno si se tiene en cuenta su intención de disponer de una circunscripción especial de paz en el Congreso donde tengan cupo quienes decidan reincorporarse a la vida civil, acogiéndose negociaciones adelantadas por el Ejecutivo.
Inicialmente, la Ley tenía una vigencia de dos años, pero en esta ocasión se pretende que rija por tres años más, prácticamente el mismo período que le queda a la actual administración del Presidente Álvaro Uribe, quien se posesionó el 7 de agosto de 2002.
La firma de acuerdos con los voceros de los grupos subversivos para obtener soluciones al conflicto armado, lograr la efectiva aplicación del Derecho Internacional Humanitario, el respeto a los derechos humanos, el cese de hostilidades o su disminución, lograr su sometimiento a la ley; son otras de las prácticas que se permiten bajo la aplicación de esta ley.
En el caso del indulto o absolución, se contempla que el Gobierno pueda concederlo a los combatientes nacionales que hubieren sido condenados mediante sentencia ejecutoriada, por hechos constitutivos de delito político cuando a su juicio, la agrupación subversiva haya demostrado su voluntad de reincorporarse a la vida civil.
Para los alcaldes y gobernadores que estén amenazados y en medio de una grave situación de perturbación del orden público, el Gobierno Nacional tendrá la facultad de delegar el reemplazo de los mismos quienes deberán ser de la misma filiación política.
Igualmente, incluye el diseño de un programa especial de protección para la asistencia de los menores de edad que hayan tomado parte en las hostilidades, en el marco del conflicto armado interno.
Por último, para las personas que sufrieron una pérdida del 50% de su capacidad laboral, estas tendrán derecho a una pensión mínima legal vigente, de acuerdo al Régimen General de Pensiones, siempre y cuando carezcan de otras posibilidades pensionales y de atención en salud.
Foto 1:CNE
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