Limitan alcances de Zonas de Rehabilitación

Miércoles, 27 / Nov / 2002
 
Colombia.com
La Corte Constitucional “tumbó” las facultades que otorgaba el decreto de las Zonas de Rehabilitación a la Fuerza Pública para ejercer tareas judiciales. La medida choca con la determinación de la Comisión Primera del Senado, que aprobó esta misma figura contenida en el proyecto de reforma a la Fiscalía.

La determinación de la Corte Constitucional, que calificó como inconstitucionales algunos artículos del decreto que define las Zonas de Rehabilitación, expedido por el Gobierno de Uribe Vélez bajo el estado de Conmoción Interior, se dio a conocer un día después de que la Comisión Primera del Senado lo aprobara en el proyecto de reforma a la Fiscalía que está a un debate de convertirse en Ley de la República.

Será inconstitucional, entonces, capturar un sospechoso, realizar allanamientos, interceptaciones y registros domiciliarios sin una autorización judicial. Estas tareas no podrán ser asumidas por la Fuerza Pública (Ejército)

Asimismo, la Corte consideró que en aquellas zonas de diferentes departamentos que hagan parte de las Zonas de Rehabilitación, deben ser las autoridades civiles quienes señalen las medidas del decreto y no el Ministro del Interior como lo contempla.

Entre otras inexequibilidades se encuentran las restricciones que la norma ponía a la labor de los periodistas, quienes debían solicitar permisos para poder desplazarse por dichos lugares.

Tampoco, se podrán realizar censos en las zonas, pues éstos también vulneran los principios constitucionales.

De esta forma, el Presidente de la República queda en la obligación de expedir nuevos decretos de Conmoción Interior para legalizar la delimitación de las actuales Zonas de Rehabilitación.
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