Por: Yuly Solis • Colombia.com

¡Atención! Los bancos cambiaran billetes y monedas de baja nominación gratis

Los establecimientos de crédito deberán efectuar cambio y provisión de billetes de baja denominación y monedas a sus clientes.

Actualización
¡Atención! Ahora todos los bancos cambiarán billetes y monedas gratis. Foto: Shutterstock
¡Atención! Ahora todos los bancos cambiarán billetes y monedas gratis. Foto: Shutterstock

Los establecimientos de crédito deberán efectuar cambio y provisión de billetes de baja denominación y monedas a sus clientes.

El Banco de la República anunció recientemente que, a partir del próximo sábado, 22 de marzo de 2025, todos los establecimientos de crédito deberán realizar el cambio y provisión de billetes de baja denominación y moneda metálica con sus clientes.

Lo anterior bajo los lineamientos definidos en la Resolución Externa 2 del 22 de marzo de 2024 del Banco de la República, “Por la cual se expiden normas para la provisión y cambio de billetes y/o monedas metálicas por parte de los establecimientos de crédito”.

Este servicio será gratuito y se prestará en todas las ventanillas de atención al público de los establecimientos de crédito del territorio nacional.

El Banco de la República emitió esta resolución para establecer nuevas normas para la provisión y cambio de billetes y monedas metálicas por parte de los establecimientos de crédito. Esta resolución busca mejorar la eficiencia y accesibilidad en el manejo de efectivo en el país.

El cambio y provisión de billetes y/o moneda metálica por parte de los EC en todas sus oficinas con ventanilla de atención al público se realizará mediante uno o varios de los siguientes canales:

1.Oficinas

-Cajeros automáticos (ATM)

Receptores de dinero en efectivo y demás dispositivos electrónicos que sirvan para realizar operaciones de cambio y/o provisión de billetes y/o moneda metálica.

2. Reglas para el cambio y provisión:

Los establecimientos de crédito podrán establecer montos máximos por operación.

3. Cambio y provisión sin limitaciones en el monto:

Adicionalmente, los establecimientos de crédito harán el cambio y provisión de billetes y/o moneda metálica sin limitaciones en el monto por operación, de acuerdo con el nivel de presencialidad de cada entidad en una ciudad o municipio.

“Esta medida busca facilitar el acceso al efectivo y mejorar la calidad del servicio para los usuarios y clientes del sistema financiero colombiano. Para más información consulte la Resolución Externa 2 del 22 de marzo de 2024”, detalla el Banco de la República.

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