Por: Leonardo Lemoine, prensa miplanilla.com • Colombia.com

Pendientes que dentro de poco pagan las cesantías

El 14 de febrero los empleadores deben pagar a sus empleados las cesantías de 2019 y aquí les contamos qué son y cómo se liquidan.

Actualización
Así deberán liquidarle los empleadores a sus empleados las cesantías. Foto: Shutterstock
Así deberán liquidarle los empleadores a sus empleados las cesantías. Foto: Shutterstock

El 14 de febrero los empleadores deben pagar a sus empleados las cesantías de 2019 y aquí les contamos qué son y cómo se liquidan.

Antes del 14 de febrero, los empleadores de todo el país deben consignar las cesantías correspondientes al período 2019 de los trabajadores afiliados a fondos de cesantías.

De no realizar la consignación dentro de los plazos fijados por ley, se impone una sanción moratoria, la cual se deberá pagar directamente al trabajador, equivalente a un día de salario por cada día de mora en la consignación de este aporte. 

¿Qué son las cesantías? 

Son una prestación social a la que tienen derecho los trabajadores con contrato laboral, con modalidad diferente a salario integral, las cuales son reconocidas por el empleador adicional al salario ordinario, equivalentes a un mes de salario por cada año trabajado por el empleado o en su proporción.

¿Cómo liquidar y pagar los aportes de cesantías? 

Una vez determinado el salario mensual, el empleador podrá aplicar la fórmula para obtener el valor del aporte: 

Se multiplica el salario mensual por los días trabajados durante el año a liquidar, y este resultado, se divide entre 360 (días del año laboral).

Esta plataforma ofrece: liquidación de aportes de manera muy sencilla, cargando un archivo de Excel; pagos en una o varias transacciones por PSE o crédito bancario; pagos a todos los fondos de pensiones, incluido el Fondo Nacional del Ahorro – FNA; y generación de reportes detallados y en línea por la administradora y por el empleado, lo que permite tener el soporte de las transacciones realizadas en la plataforma. 

Las cesantías se liquidan de forma anual al 31 de diciembre, y se depositan en un Fondo de Cesantías a más tardar el 14 de febrero del siguiente año.

Esta prestación puede utilizarse en tres casos específicos: pérdida del empleo, adquisición o renovación de vivienda y educación.