Fedelonjas afirma que arriendos de vivienda urbana aumentarán 1,94%

El presidente de la Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas), Cesar Augusto Llano Zambrano, aclaró que el incremento está regido por el artículo 20 de la Ley 820 de 2003.                      

Colombia.com - Actualidad
Colombia.com - Actualidad

El presidente de la Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas), Cesar Augusto Llano Zambrano, aclaró que el incremento está regido por el artículo 20 de la Ley 820 de 2003.                      

Para los contratos vigentes antes de la promulgación de la Ley 820, el incremento será del 3% que corresponde a la meta de inflación fijada por el Banco de la República de acuerdo con el artículo 7 de la Ley 244 de 1995, dice el informe de prensa de Fedelonjas.

Los contratos suscritos después del 10 de julio de 2003 se deberán incrementar hasta en un 1,94%, es decir la inflación causada para 2013. Estos contratos se rigen con la nueva ley de arrendamientos 820 de 2003.

Para los contratos suscritos antes de esa fecha, el ajuste será de máximo 3 por ciento, la meta de inflación del Banco de la República para 2014.

El directivo dijo que para hacer efectivo los respectivos incrementos, los arrendatarios deberán ser notificados por escrito por parte del arrendador previo al inicio de la prórroga del contrato o en su defecto al empezar un nuevo período pues los reajustes de vivienda urbana se realizan cada 12 meses.

Información del Diario El Espectador.