Por: Manuel Fonseca • Colombia.com

Insólita decisión: En España no es delito pagar una deuda con felación según Tribunal Constitucional español

El caso fue presentado por una mujer que le pidió 15 mil euros prestados a su excuñado y éste poco después le pidió que se los pagara "de otra manera".

Actualización
El Tribunal Constitucional, no considerara ilegal abonar a una deuda con sexo oral. Foto: Shutterstock
El Tribunal Constitucional, no considerara ilegal abonar a una deuda con sexo oral. Foto: Shutterstock

El caso fue presentado por una mujer que le pidió 15 mil euros prestados a su excuñado y éste poco después le pidió que se los pagara "de otra manera".

Una noticia que parce sacada de una película para adultos causo un revuelo en España, ya que se podrían pagar deudas con favores sexuales. Sin embargo, el Tribunal Constitucional de España se abstuvo de rectificar una sentencia que declaró legal el pago de una deuda monetaria a través de sexo oral. Es decir, que practicar una felación como método de pago no es un delito. 

El caso fue presentado por una mujer que le pidió 15 mil euros prestados a su excuñado y éste poco después le pidió que se los pagara con favores sexuales.

Pocos días después, según la denuncia, ella debía hacerle felación tres veces a la semana. Ambos, conforme ese acuerdo, llevaron a verse hasta en cinco ocasiones para "pagar la deuda" en el vehículo del denunciado.

La mujer aseguró haber recibido una nota de su excuñado, con mensajes de acoso, diciéndole que debía cumplir o sería denunciada.

Por lo que la mujer hizo la denuncia con pruebas sobre los mensajes de acoso y amenazas que recibía de parte de su excuñado, La denuncia muestra varias frases intimidatorias como: “mientras dure la deuda conmigo me harás de prostituta” o “Yo soy muy radical. Yo tanto puedo ser agresivo como vengativo. ¿Eres consciente de lo que te acabo de decir? No tengo muchas piedades el día que me pongo en plan de combate. No lo debes poner en duda”.

El caso fue resuelto por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, que consideró que el caso no constituía un delito. Es decir, el Tribunal Constitucional no consideró delito el pago de una deuda monetaria a través de relaciones sexuales entre adultos.

“El Tribunal Constitucional no valora si pedir felaciones como medio de pago es ilegal o no, ya que no entra en el fondo del asunto al entender que el recurso presentado contra la resolución de la Audiencia de Palma no se ajusta a lo estipulado por el artículo 49.1 de la Ley Orgánica del propio TC, que obliga a justificar la ‘especial trascendencia constitucional’ para que un recurso sea admitido”, según el medio de comunicación ABC.

Los abogados de la víctima reclamaron la incoación de un delito de abusos sexuales, mientras que el juez instructor lo dejaba en coacciones graves y la Fiscalía entendía que eran leves. Sin embargo, la Audiencia de Palma desestimó el caso porque entendía que había consentimiento libre, lo que impulsó a la denunciante a presentar un recurso de inconstitucionalidad.

El caso generó disgusto en círculos políticos españoles. La ministra de Igualdad de España Irene Montero, abordó el caso en Twitter, donde reprochó el proceder.

“Una mujer desesperada pide ayuda a su cuñado. Para darle dinero le obliga a ser su ‘fulana’ y hacerle felaciones. Cuando ella no puede más, él amenaza con emprender acciones judiciales contra ella y su hija. Ella denuncia y pasa esto”, reprochó Montero.