Por: Redacción Actualidad • Colombia.com

A la espera por el límite de tiempo sobre el aborto legal

La polémica se acrecentó por estos días ante la ponencia que se realizó en la Corte Constitucional.

Debate sobre si se debe poner o no un límite de tiempo para el aborto legal. Foto: AFP
Debate sobre si se debe poner o no un límite de tiempo para el aborto legal. Foto: AFP

La polémica se acrecentó por estos días ante la ponencia que se realizó en la Corte Constitucional.

Desde el 2017 la Corte Constitucional consideró una demanda de un ciudadano que solicitaba ponerle un límite de tiempo al aborto legal. Este debate sobre si se debe colocar o no un término de tiempo para realizarlo, de inmediato se hizo se levantó la discusión  luego de conocerse que la magistrada Cristina Pardo realizó una ponencia ante la alta corte planteando que se instaure un límite tras la semana 24 de gestación.

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No es la primera vez que el alto tribunal este estudiado este tema, aunque este miércoles se tiene previsto que la Corte se congregue con la idea de debatir específicamente una tutela de una mujer de 33 años que tuvo serios  problemas para poder realizar un aborto legal ante las malformación de su feto, y que sólo podía llevar a cabo al procedimiento cuando contaba con 26 semanas, luego de que una jueza otorgara a su favor medidas cautelares. 

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Por este caso puntual se dio la revisión del mismo donde la magistrada Pardo planteó fijar el tiempo para las interrupciones del embarazo. Los términos se terminan este jueves por lo que es posible que la Sala Plena decida con premura. 

Hasta la fecha, ningún fallo de la Corte ha determinado asignar un límite de semanas en las que se debería hacer viable dicha interrupción durante la gestación, pero acepta que hay un faltante en el ordenamiento. 

Antecedentes en la norma

Para mayo del 2017 se presentó un caso mediante una demanda en la que la Corte amparó una demanda de un ciudadano en la que estimaba que había una omisión legislativa en el Código Penal del 2000, que estableció penas de 16 a 54 meses para este tipo de práctica. 

De acuerdo al demandante, luego de que la Corte Constitucional despenalizó el aborto en 2006 con tres causales, el Congreso Nacional jamás reglamentó el tiempo límite o la etapa del embarazo en que se podía efectuar su interrupción voluntaria bajo la directriz de esas tres causas admitidas. 

Los tres casos

En el 2006 la Corte despenalizó el aborto para los casos en los que la gestación involucre un riesgo para la vida o la salud física o mental de la madre, y cuando se determine alguna malformación del feto inadecuada con la vida, o cuando sea fruto de una agresión sexual.

Ante estas situaciones, el denunciante del 2017, si el Código Penal no constituye un tiempo determinado para el aborto legal, esa "exclusión es contraria a la Constitución Política, en la medida que no existe certeza o claridad tanto para la gestante como el profesional de la salud que realiza el aborto si existe o no un límite en la edad gestacional del nasciturus para practicar legalmente el aborto". 

El solicitante aseveraba que la ponderación de derechos ante las causales en las que resulta la realización de esta práctica conseguiría no ser el mismo en el caso de las primeras semanas de gestación a cuando "se hace en un tiempo cercano al nacimiento". 

Para esa discusión participaron los magistrados que ejercen en este momento, y quienes bajo el debate tienen como tarea estudiar de nuevo si se le pone o no un fijación de tiempo a este derecho, a partir de la ponencia que presentó la magistrada Cristina Pardo.

Argumentación 

Si bien es cierto que durante la ponencia, redactada por el magistrado Alberto Rojas Ríos, quien les solicitó a sus compañeros que no se estableciera un tiempo determinado para la realización del aborto legal, pensando en los obstáculos que las mujeres soportan para poder llevar a cabo el aborto legal son las que muchas veces aplazan la cuestión. 

De igual manera, el magistrado Rojas igualmente mencionó que las malformaciones del feto incompatibles con la vida no siempre se manifiestan a tiempo, y que en muchas ocasiones las víctimas de violación tienen problemas para poder realizar el aborto legal con anticipación. 

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Por este mismo motivo, en una votación de más de ocho contra uno, la Corte resolvió declararse inhabilitada, explicando que la demanda era incapaz porque no se tenía la convicción si estaba criticando el Código Penal, o si iba en contra del fallo del 2006 que despenalizó el aborto en los tres casos mencionados anteriormente.

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