Por: Redacción Actualidad • Colombia.com

A ley de padres deudores de cuotas alimentarias solo le falta definir la entidad que la manejará

La ley que castigará y “pondrá en cintura” a los padres deudores de cuotas alimentaria es prácticamente un hecho, esta ya fue firmada por el presidente de la República y ahora solo falta por definir la entidad que se encargará de su manejo y administración.

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El Registro Nacional de Deudores Morosos permitirá que las cuotas adeudadas sean pagadas por los padres. Foto: Twitter @elespectador
El Registro Nacional de Deudores Morosos permitirá que las cuotas adeudadas sean pagadas por los padres. Foto: Twitter @elespectador

La ley que castigará y “pondrá en cintura” a los padres deudores de cuotas alimentaria es prácticamente un hecho, esta ya fue firmada por el presidente de la República y ahora solo falta por definir la entidad que se encargará de su manejo y administración.

Con la ley estatutaria 2097 de 2021, conocida como REDAM, se espera que los padres morosos se pongan al día con las cuotas alimentarias que deben de sus hijos, así evitarán recibir sanciones legales como la imposibilidad de acceder a créditos y no poder evitar que sus hijos salgan del país al hacer inválido su consentimiento.

Después de muchos años de intentar lograr que las deudas de los padres morosos con sus hijos siguieran sin tener un castigo, esta sanción presidencial representa un alivio para padres y madres encargados de sus hijos, porque ahora podrán contar con el dinero necesario para los gastos de sus hijos, los cuales contemplan alimentación, vivienda, vestido, salud y recreación, entre otros.

Esta ley, una especie de “Datacrédito”, se aplicará para aquellos padres que se encuentren atrasados a partir de tres cuotas en adelante, pero una vez cancele la totalidad de la deuda podrán salir del registro, pero deben continuar cumpliendo con las cuotas mensuales, ya que esto garantiza el bienestar de los menores.

La senadora Maritza Martínez Aristizábal, ponente de la ley, manifestó que las cuotas que han dejado de pagarse porque un hijo es mayor de edad o ya puede mantenerse a sí mismo, no se eliminan, sino que también serán cobradas de manera retroactiva.

Falta que la ley sea reglamentada por el Ministerio de Justicia y también se defina cuál será la entidad que estará a cargo del programa y cómo será el manejo de los datos recaudados.

El Registro Nacional de Deudores de Cuotas Alimentarias REDAM está basado en la ley estatutaria 2097 de 2021 y ya fue firmado por el presidente Iván Duque Márquez, quienes se encuentren en dicho registro deben atenerse a lo siguiente:

No poder contratar con el Estado.

No pueden aspirar a cargos públicos ni de elección popular.

Si es funcionario público le serán suspendidas sus funciones.

La notaria exigirá certificado de Redam en caso de suscribir escrituras por venta de bienes.

Entidades bancarias exigirán certificado en caso de préstamo.

No podrá salir del país

No será requerido su consentimiento para que un menor salga del país como se estipula en el artículo 110 de la ley 1098 de 2006.

El Ministerio de Justicia será el encargado de reglamentar el REDAM, Registro Nacional de Deudores de Cuotas Alimentarias, el cual entrará en vigencia en los próximos seis meses, pero aún falta por definir los pormenores del manejo de los datos y también por cuánto tiempo se conservará la información incluida en la base de datos.