Por: Redacción Actualidad • Colombia.com

Condena a Epa Colombia puede ser revisada por la Corte Suprema de Justicia

En medio del revuelo y las reacciones que ha causado la pena impuesta a Daneydi Barrera Rojas, más conocida como Epa Colombia, la decisión judicial puede ser impugnada ante la Corte Suprema de Justicia.

Epa Colombia puede impugnar la decisión del Tribunal de Bogotá ante la Corte Suprema de Justicia. Foto: Twitter @BogotaPost
Epa Colombia puede impugnar la decisión del Tribunal de Bogotá ante la Corte Suprema de Justicia. Foto: Twitter @BogotaPost

En medio del revuelo y las reacciones que ha causado la pena impuesta a Daneydi Barrera Rojas, más conocida como Epa Colombia, la decisión judicial puede ser impugnada ante la Corte Suprema de Justicia.

Continúan presentándose reacciones a la medida judicial que condena a 5 años de cárcel a Daneydi Barrera Rojas, más conocida como Epa Colombia por ocasionar daños a una estación de Transmilenio en el año 2019, acciones que ella misma grabó en un video que se difundió en redes sociales y diferentes medios de comunicación.

Por el delito de daño en bien ajeno agravado en concurso con instigación a delinquir con fines terroristas y perturbación en servicio de transporte público fue condenada “Epa Colombia” a una pena de 63 meses y 15 días, confirmada en segunda instancia.

El Tribunal Superior de Bogotá tomó la determinación luego de que en noviembre de 2019 la popular influenciadora fiera llamada a imputación de cargos por parte de la Fiscalía General de la Nación por actos de vandalismo en contra de una estación del sistema de transporte de Bogotá, Transmilenio.

De acuerdo con el abogado penalista Camilo Burbano, el delito de instigación para delinquir con fines terroristas es en su concepto el que agrava la pena y no permite que Barrera Rojas no pueda tener una casa por cárcel.

En la primera instancia el juez comprendió que no existían suficientes pruebas por el delito de instigación para delinquir con fines terroristas, y por tal razón la absolvió. Pero el tribunal en su audiencia del jueves 12 de agosto determinó que debido al contexto que se estaba viviendo en el paro de 2019, Epa Colombia termina cometiendo instigación para delinquir con fines terroristas al generar miedo en la población.

El abogado penalista afirmó que existió prueba de la existencia del daño en bien ajeno y que hubo instigación para delinquir, pero en la parte concerniente a instigación para delinquir con fines terroristas, la parte probatoria no es clara y el tribunal entendió que por ser una influenciadora y existir un contexto de paro se cumplía el fin terrorista.

Epa Colombia no tiene todo perdido, ella puede controvertir la posición del tribunal debido a que no fue condenada en primera instancia por el delito de instigación para delinquir con fines terroristas, entonces la favorece una reforma constitucional del 2018 que protege a los ciudadanos por doble conformidad.

Daneydi Barrera Rojas o Epa Colombia puede impugnar la decisión ante la Corte Suprema de Justicia o también puede hacer uso del recurso de casación, y mientras la sentencia no esté en firme las opciones jurídicas no le permiten ir a la cárcel.