Consejo de Estado reafirma que patrimonio sumergido del Galeón San José es de la Nación

La máxima autoridad de la jurisdicción revalidó que el hallazgo del buque, es propiedad de la Nación y no de la sociedad norteamericana Sea Search.

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La máxima autoridad de la jurisdicción revalidó que el hallazgo del buque, es propiedad de la Nación y no de la sociedad norteamericana Sea Search.

Para el año 1982 la Dirección General Marítima y Portuaria, DIMAR, expuso una resolución que abrió la puerta a que los bienes que están en el Galeón San José fueran embargables. Esto, porque determinó que la compañía estadounidense Sea Search Armada tenía derecho al 50 % de los bienes que existieran en el Galeón y lo reconoció como denunciante.

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Ante la situación, se interpuso una acción popular con el objetivo de proteger la propiedad de la embarcación que ya resolvió el Consejo de Estado, a pesar de que esta no sea forma definitiva.

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“Las piezas provenientes del presunto hallazgo del Galeón San José que sean declaradas Patrimonio Cultural Sumergido, pertenecen a la nación”, afirmó Germán Bula, presidente de la Corporación.

La providencia, posee un condicionamiento y es la declaración de los bienes como patrimonio cultural. Esa labor le corresponde al Consejo Nacional de Patrimonio, la cual se realizaría una vez se saque lo que hay en el Galeón bajo cuatro razonamientos:

1) La representatividad, 2) la singularidad, 3) la repetición de las piezas, 4) y la conservación e importancia científica. 

La razón si las piezas son tesoro -que son bienes privados-, o son patrimonio cultural deja abierta la puerta a que la compañía estadounidense reciba algunas de ellas por la explotación y la búsqueda de la embarcación, aunque explicó el magistrado William Hernández, la repartición tiene condiciones.

“Aunque se encuentren monedas de oro, lingotes y sean repetitivos o se califiquen como repetitivos, por ese hecho no se convierte en tesoro, sigue siendo patrimonio cultural”, explicó.

Indica el alto tribunal que los bienes que son patrimonio, “son bienes enajenables, inembargables e imprescriptibles”.

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