Por: María Andrea Suárez • Colombia.com

Tribunal anula fallo que congeló modificación en la Ley de Garantías

El alto tribunal determinó que es el Consejo de Estado el que debe decidir sobre esa regulación.

Foto: Pixabay
Foto: Pixabay

El alto tribunal determinó que es el Consejo de Estado el que debe decidir sobre esa regulación.

El fallo que frenaba el congelamiento de la aplicación de un cambio a la Ley de Garantías durante las elecciones del próximo año fue anulado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que determinó que es el Consejo de Estado el que debe decidir sobre esa regulación. 

El cambio había recibido la luz verde del Congreso de la República en el marco de la aprobación del Presupuesto General de la Nación para 2022. Sin embargo, fue congelado el pasado 10 de noviembre, luego de que una tutela llevara al Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Bogotá a ordenar al Gobierno abstenerse de darle aplicación.

Este recurso fue presentado por el ciudadano Miguel Ángel Bravo Gutiérrez contra el Senado y la Cámara de Representantes y pedía proteger sus derechos fundamentales a la igualdad, debido proceso y libertad. 

Bravo Gutiérrez señalaba que la aprobación de la modificación a la Ley de Garantías se hizo desconociendo el principio de reserva y afectaba de manera grave los principios de imparcialidad e igualdad electoral. 

La reciente decisión fue tomada por la sección primera del Tribunal tras estudiar una petición formulada por el director del Departamento Administrativo de la Presidencia para que anulara todo lo actuado, argumentando que la sentencia de tutela de primera instancia daba órdenes al presidente Iván Duque sin haber sido notificado, ni vinculado al proceso.

Se han vulnerado los derechos fundamentales de la parte pasiva de la acción, siendo necesario declarar la nulidad de todo lo actuado desde el auto admisorio de la acción ya que el señor Presidente de la República tiene interés en las resultas del proceso, debiendo ser vinculado para que ejerza su derecho fundamental a la defensa”, señaló el funcionario en su petición. 

En ese orden de ideas, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca determinó que el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Bogotá “no tenía competencia para decidir sobre el tema pues un decreto firmado este año indica que todas las tutelas que involucren al mandatario deben ir directamente al Consejo de Estado”. 

Así las cosas, el tribunal ordenó remitir inmediatamente el expediente a esa entidad, “ya que de la revisión y estudio del proceso allegado por correo electrónico se comprueba que en el asunto no se vinculó al señor presidente de la República, doctor Iván Duque Márquez”. Por lo tanto, será el Consejo de Estado quien tenga la última palabra sobre la Ley de Garantías. 

Cabe mencionar que el alto tribunal determinó que se violaron los derechos al debido proceso y a la igualdad en el trámite legislativo que modificó la Ley de Garantías y aclara que su decisión busca garantizar los derechos al debido proceso, igualdad e imparcialidad en las elecciones.