Aprueban reducción de costos de indemnizaciones por despido

Jueves, 28 / Nov / 2002
 
Colombia.com
La reducción en la tabla de indemnizaciones por despido para los trabajadores que estén con contrato a término indefinido y el convenio de aprendizaje entre la empresa y los técnicos o profesionales practicantes, fueron los puntos aprobados por las Comisiones Séptimas de Senado y Cámara, que empezaron a generar polémica.

"A un trabajador que al momento de expedirse la presente ley y que tenga 10 o más años de vínculo laboral a través de un contrato a término indefinido, se le aplicará la tabla actual de indemnizaciones y no la nueva que se contempla en la Reforma Laboral", aclaró el senador y coordinador ponente, Óscar Iván Zuluaga.

Así, la nueva tabla contempla que para quienes devengan menos de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes, equivalente hasta tres millones 90 mil pesos, tendrán derecho a 30 días de indemnización por el primer año laborado y 20 días por cada año adicional.

Igualmente, los trabajadores que devengan 10 o más salarios mínimos mensuales legales vigentes (más de tres millones 90 mil pesos), se harán merecedores a 20 días de indemnización por el primer año laborado y a 15 días por cada año de trabajo adicional.

Para los opositores de este punto como los senadores Jesús Bernal Amorocho y Luis Carlos Avellaneda, con ello, lo que se reduciría en 50 por ciento la actual tabla de las indemnizaciones.

“Esta sigue siendo una reforma empresarial porque se sigue reduciendo el ingreso de los trabajadores, y se sigue descargando la crisis económica y el desempleo en la reducción de los costos laborales”, manifestó Bernal.

Manejo frente a los practicantes

En cuanto al contrato de aprendizaje, es decir el que se establece entre la empresa y los técnicos o estudiantes universitarios próximos a graduarse, para que realicen sus pasantías, fija un apoyo económico no inferior a medio salario mínimo para estas personas. Sin embargo, al mismo tiempo le confiere al convenio no un carácter labora sino civil, con el que los estudiantes pierdan el derecho a prestaciones sociales y a seguridad social en salud.

Igualmente, establece un tope de un aprendiz por cada 20 trabajadores que posea la compañía y asimismo, que en ningún caso superen el cinco por ciento del total de trabajadores calificados ocupados en cada empresa.

A su vez, las empresas podrán escoger entre cancelarle esa cantidad al estudiante técnico u optar por hacerlo directamente al Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena). En este caso, el valor deberá corresponder a una cuota mensual correspondiente a un salario mínimo mensual por el cinco por ciento del total de sus trabajadores.

Frente a este punto, fue criticado por algunos parlamentaros, puesto que algunas empresas pueden valerse de este mecanismo para reemplazar a los trabajadores que tienen contrato laboral por aprendices con vinculación de carácter civil, con el fin de disminuir significativamente los costos.

Por último, el Legislativo le dio su consentimiento a la creación del Sistema Nacional de Registro Laboral, el cual permitirá hacer un seguimiento de manera organizada de las personas que se vinculan y desvinculan laboralmente, lo que determinará el otorgamiento de los subsidios al empleo y al desempleo; que hacen parte de los otros “aprobados” de la iniciativa.
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