Se acerca la hora de pagar la Reforma Tributaria

Miércoles, 11 / Dic / 2002
 
Colombia.com
Luego de intensas negociaciones entre el Gobierno y los ponentes del proyecto, la Reforma Tributaria pasó su primer debate y ahora tendrá que enfrentarse a las plenarias de Cámara y Senado. El objetivo es recaudar 2,6 billones en el primer año.

IVA del 7% para bienes y servicios que anteriormente no pagaban el tributo, aumento en la sobretasa a la gasolina en un cinco por ciento y una contribución especial del 10% para el impuesto de Renta; son algunos de los componentes de la iniciativa.

Entre los productos que a partir del 2003 y 2004 estarán gravados con un IVA del 7% están los animales vivos de la especie porcina, los gallos, gallinas, patos, gansos, pavos, el café tostado o descafeinado, la harina de Trigo y el atún enlatado

También está el chocolate y demás preparaciones, las pastas alimenticias sin cocer, rellenar, el servicio de arrendamiento de inmuebles diferentes a los destinados para vivienda y de espacios para exposiciones y muestras artesanales nacionales.

Los planes de medicina prepagada, las pólizas de seguros de cirugía y hospitalización, las pólizas de seguros de servicios de salud y en general los planes adicionales, los servicios de clubes sociales o deportivos de trabajadores y de pensionados y el servicio de alojamiento prestado por establecimientos hoteleros o de hospedaje, debidamente inscritos en el Registro Nacional de Turismo; son otros de los afectados.

A su vez, esta tarifa pasará del 7 al 10% en el 2005.

Igualmente, artículos como aceites, margarinas, pasajes aéreos, pañales, toallas higiénicas y tampones tendrían un IVA del 16%.

Mientras que las frutas, verduras, papa, carne, pollo, pescado, huevos, leche, pan, lechugas, arroz, los medicamentos, agua envasada, preservativos, anticonceptivos, cuadernos y los servicios públicos como agua, luz y gas; hacen parte del grupo de exentos y excluidos .

Se debe entender por los exentos, aquellos que pagan el IVA, pero luego les es devuelto y los segundos, son los que no pagan ningún valor. Entre los primeros, están la leche y la carne, entre otros.

Cabe aclarar a su vez que el Gobierno planteó una propuesta sobre el tapete, la cual pretende gravar con un IVA del 2% los productos de la canasta familiar y los servicios.

Impuesto a la telefonía

En cuanto a la telefonía celular, esta pagará un IVA del 20% y los recursos que sena recaudados por esta vía serán destinados para financiar el deporte.

En renta son dos los principales elementos. Primero, una contribución especial del 10% que empezará a regir el próximo año, es decir que pasaría del 35 al 38,5% y segundo, una contribución es permanente del 5% a partir del 2004 quedarían en 36,75%.

Un incremento del 20 al 25%, será la novedad en materia de sobretasa a la gasolina. El capital recolectado será entonces distribuido en un 19% para las arcas del Estado y un 6% para los departamentos.

La sobretasa a la gasolina, es el impuesto que le cobran los municipios a los propietarios de los vehículos.

La famosa calcomanía que hace unos años debía portar los vehículos se volvería implementar en el 2004.

Respecto a las rentas laborales se aprobó una reducción en los mismos. De esta forma, el cobro de la retención en la fuente no se hará sobre la totalidad del salario sino sobre el 75% del mismo. Actualmente, este se hace sobre el 70% del sueldo.

Asimismo, el límite para el monto de este beneficio será de $4 millones, de manera que no podrá exceder este tope.

Régimen simplificado

En cuanto a la caída del Régimen Simplificado que fue la que abrió el debate sobre sí los tenderos tendrían que declarar o no IVA, llevar libros de contabilidad o facturar, este fue revivido en la iniciativa.

Dicho régimen cobijaría a las personas naturales o jurídicas con ingresos menores a 400 salarios mínimos al año, ($123 millones 600 mil), quienes no estarán obligadas a cumplir con las anteriores obligaciones. Precisamente, la categoría en la que están los tenderos o comerciantes minoristas.

Igualmente, tampoco estarán obligados a hacerlo los profesionales independientes con ingresos menores a 200 salarios mínimos, o sea 61 millones 800 mil pesos.

Penas para evasores

Penas para quienes delinquen con el contrabando de combustible o los evasores de impuestos, se contemplan en la Reforma Tributaria.

De esta forma, los primeros serían castigados entonces con cárcel de 3 a 5 años cuando el ingreso ilegal al país sea de más de diez galones.

Incluso, si el contrabando es superior a 40 galones, la pena será de cinco a ocho años de prisión, al tiempo que en ambos casos se impondrían multas superiores a 1.500 salarios mínimos mensuales para los contrabandistas e integrantes del denominado cartel de la gasolina.

Mientras que los evasores de impuestos tendrían que atenerse a cárcel de 3 a 6 años y a una multa de 150 millones de pesos.

Se establecen también castigos para el empleado público que facilite dicho delito con una pena de 4 a 8 años de cárcel.

Por último, se establece que quienes se pongan al día en su obligación tributaria o acuerden una forma de pago, no tendrán responsabilidad penal.

SÍGUENOS EN:
Google News