Por: Stephanny Pinzón • Colombia.com

CorteIDH condena a Colombia por ser responsable del exterminio del partido político Unión Patriótica

La sentencia declaró la responsabilidad internacional del Estado de Colombia por las violaciones de derechos humanos cometidas en “perjuicio” de más de seis mil víctimas integrantes y militantes del partido político Unión Patriótica.

Foto tomada de redes sociales. Foto: Twitter @UP_Colombia
Foto tomada de redes sociales. Foto: Twitter @UP_Colombia

La sentencia declaró la responsabilidad internacional del Estado de Colombia por las violaciones de derechos humanos cometidas en “perjuicio” de más de seis mil víctimas integrantes y militantes del partido político Unión Patriótica.

Este lunes 30 de enero, La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado por el "plan de exterminio" del partido de izquierda Unión Patriótica (UP), señalándolo “como responsable de las violaciones de derechos humanos cometidas en perjuicio de más de seis mil víctimas integrantes y militantes del partido político de la UP a partir de 1984 y por más de veinte años.

De acuerdo con un comunicado, La Corte calificó estos hechos como un exterminio y encontró que el Estado era responsable internacionalmente por el incumplimiento de sus deberes de respeto, y de garantía, por las privaciones del derecho a la vida, las desapariciones forzadas, torturas, amenazas, hostigamientos, desplazamientos forzados y tentativas de homicidio de los integrantes y militantes de ese partido político que fueron reconocidos como víctimas de este caso. 

Además, concluyó que “el Estado violó los derechos políticos, la libertad de pensamiento y de expresión, y la libertad de asociación, puesto que el móvil de las violaciones de derechos humanos fue la pertenencia de las víctimas a un partido político y la expresión de sus ideas a través de este”. 

También, estimó que el Estado violó el derecho a la honra y dignidad de los integrantes y militantes de la UP, “puesto que estos fueron estigmatizados por autoridades del Estado”. Del mismo modo, determinó que el Estado violó el derecho a las garantías judiciales, y a la protección judicial, y el deber de investigar las graves violaciones de derechos humanos ocurridas. 

La UP se constituyó como organización política el 28 de mayo de 1985 como resultado de un proceso de Paz entre el Secretariado Nacional de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y el Gobierno colombiano, detalló la CorteIDH.

"Como consecuencia de su rápido ascenso en la política nacional y, en especial, en algunas regiones de tradicional presencia guerrillera, surgió una alianza entre grupos paramilitares, con sectores de la política tradicional, de la fuerza pública y de los grupos empresariales, para contrarrestar la subida en la arena política de la UP", indica la sentencia.

A su vez, La Corte señaló que Colombia reconoció parcialmente su responsabilidad internacional por la violación de los derechos que la Comisión Interamericana que identificó como violados en su Informe de Fondo. 

Del mismo modo valoró dicho reconocimiento y destacó que este significó una contribución positiva al desarrollo del proceso, a la vigencia de los principios que inspiran la Convención y a la satisfacción de las necesidades de reparación de las víctimas. 

Sin embargo, el Tribunal consideró que subsistían numerosos elementos en controversia con respecto a la determinación del marco fáctico, el universo de víctimas y las violaciones. Estimó, por tanto, necesario dictar la Sentencia y determinar, en ella, los hechos ocurridos y las violaciones a derechos humanos consumadas, y establecer las medidas de reparación correspondientes

Finalmente, en el fallo la CorteIDH indica que el Estado debe realizar las siguientes acciones para reparar a las víctimas: 

  1. Determinar las responsabilidades penales que pudieran existir en un plazo maximo no mayor a 2 años.
  2. Efectuar una búsqueda para determinar el paradero de las víctimas desaparecidas y realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional.
  3. El Estado deberá establecer un día nacional en conmemoración de las víctimas de la Unión Patriótica y efectuar actividades para su difusión, entre ellas en escuelas y colegios públicos.
  4. Deberán construir un monumento en memoria de las víctimas, y elaborar un documental audiovisual sobre la violencia y estigmatización contra la UP.
  5. Rendir un informe a la CorteIDH en el cual acuerde con autoridades de la Unión Patriótica cuáles son los aspectos por mejorar o fortalecer en los mecanismos de protección existentes y cómo se implementarán.
  6. Los jueces también ordenaron una serie de indemnizaciones por daños materiales e inmateriales en favor de las víctimas y sus familias.