Por: María Andrea Suárez • Colombia.com

¿Por qué la Corte Constitucional volvió a frenar la aspersión aérea con glifosato?

La Corte Constitucional frenó la posibilidad de retomar la fumigación aérea con glifosato atendiendo las necesidades de las comunidades indígenas que viven en territorios donde se realizaría dicha práctica. 

Aspersión con glifosato en Colombia. Foto: EFE
Aspersión con glifosato en Colombia. Foto: EFE

La Corte Constitucional frenó la posibilidad de retomar la fumigación aérea con glifosato atendiendo las necesidades de las comunidades indígenas que viven en territorios donde se realizaría dicha práctica. 

Un nuevo intento del Gobierno por retomar las aspersiones aéreas de cultivos ilícitos con glifosato fue frustrado por la Corte Constitucional, que frenó la posibilidad de erradicar estas tierras con el polémico herbicida.

El alto tribunal reconoció "los derechos fundamentales al debido proceso, a la participación, a la consulta previa y de acceso a la información de los demandantes", ante la posible reanudación de esta técnica suspendida desde el año 2015.

La Policía Nacional había presentado un Plan de Manejo Ambiental (PMA), en el que se argumentaba que el terreno en el que se fumigaría con el químico no pertenecía a comunidades indígenas. 

Con esto se justificaba el retorno del glifosato y la no necesidad de consulta previa a las comunidades indígenas, mecanismo inscrito en la Constitución, lo cual fue respaldado por el Ministerio del Interior y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).

Sin embargo, la Corte determinó que "la ANLA no podía tomar una decisión acerca de la modificación del plan sin que antes se realizara consulta previa a todas las comunidades étnicas susceptibles de verse afectadas con la aspersión". 

Con respecto a la resolución del Ministerio del Interior, el alto tribunal llegó a una conclusión diametralmente opuesta, ya que existen "algunos resguardos indígenas y territorios colectivos de comunidades negras" dentro de los territorios en los que se reactivarían las aspersiones con glifosato. 

Por lo tanto, la Corte ordenó a esas tres autoridades "adelantar un proceso de consulta previa con las comunidades étnicas" sobre la fumigación en el plazo de un año.

Con esta decisión, la Constitucional deja en firme una sentencia del Tribunal Administrativo de Nariño del pasado 10 de julio de 2020 y concede el amparo presentado por varias organizaciones y líderes sociales que defendían que no se les había consultado.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), el glifosato puede ser cancerígeno para los seres humanos y causar daños al medio ambiente. Por tal razón, el gobierno del expresidente Juan Manuel Santos ordenó parar la aspersión con el herbicida en 2015. 

Posteriormente, en 2017, la Corte Constitucional suspendió la fumigación aérea de cultivos ilícitos, pero dejó abierta la posibilidad de volver a autorizar la aspersión con glifosato, que no está prohibido, ya que se utiliza en agricultura y jardinería.