La respuesta de la Cancillería de Colombia, ante el caso de Juan Pablo Iragorri

Desde el momento en que se tuvo conocimiento del caso, en abril de 2012, se les ha venido brindando asistencia a quienes la solicitaron y la aceptaron, afirmó la cancillería en un comunicado respecto al caso de Juan Pablo Iragorri. 

Colombia.com - Actualidad
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Desde el momento en que se tuvo conocimiento del caso, en abril de 2012, se les ha venido brindando asistencia a quienes la solicitaron y la aceptaron, afirmó la cancillería en un comunicado respecto al caso de Juan Pablo Iragorri. 

La Cancillería tan pronto conoció el caso empezó a acompañarlos en todas las etapas del proceso judicial, primera instancia, apelación y casación - que se adelantó en su contra. Contaron con la presencia del Cónsul de Colombia en Abu Dhabi (con circunscripción para el Estado de Catar) y el soporte, en cada una de las audiencias, de un traductor simultáneo del árabe al español, el cual fue contratado por las autoridades consulares colombianas.

En virtud del principio internacional de no injerencia en los asuntos internos de otro Estado que establece la Convención de Viena, los oficiales consulares no pueden actuar como representantes judiciales y/o apoderados de ninguna  persona connacional ante los jueces y tribunales, dentro del Estado donde se esté llevando a cabo un proceso de juzgamiento.

La función de defensa judicial ante jueces y tribunales les corresponde a las personas autorizadas por ley para actuar como defensores dentro de los procesos. En este sentido, es función de la Misión Consular, velar porque el procesado tenga un abogado ya sea privado o de oficio, que atienda la labor de defensa, y velar porque se adelante un debido proceso, de acuerdo con las normas internas del Estado donde se adelanta el mismo.

Es imposible para las autoridades consulares colombianas referirse a los procedimientos realizados a estos connacionales en el año 2011; el acompañamiento inició en abril  de 2012 cuando se tuvo conocimiento del caso.

Sobre el tema de una posible repatriación de estos 5 connacionales, y a solicitud de sus familiares, la Cancillería consultó al Gobierno de Catar el 4 de febrero del 2014 si aceptaban la repatriación de extranjeros y en caso positivo que informara sobre el procedimiento a seguir. A la fecha no se ha obtenido respuesta. Paralelamente la Cancillería ha venido asistiendo a los familiares de estos connacionales para la consecución de una serie de documentos necesarios para un posible estudio de una solicitud de repatriación (ámbito de competencia  del Ministerio de Justicia). A petición de los familiares el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia volverá a elevar la consulta.

El Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia expresa su sentimiento de solidaridad a todos los detenidos en el exterior y hace extensivo este mensaje a sus familiares y allegados; entendemos la tragedia que implica perder la libertad y más cuando se está lejos de su país y de sus seres queridos. Seguiremos acompañándolos hasta donde nuestras competencias lo permitan.