Procuraduría pide revocar circular respecto al aborto

La Procuraduría pidió al superintendente Nacional de Salud, Gustavo Morales revocar la Circular Externa 000003 del 26 de abril de 2013, a través de la cual la entidad dictó instrucciones con relación al denominado “servicio de interrupción voluntaria del embarazo”.

Colombia.com - Actualidad
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La Procuraduría pidió al superintendente Nacional de Salud, Gustavo Morales revocar la Circular Externa 000003 del 26 de abril de 2013, a través de la cual la entidad dictó instrucciones con relación al denominado “servicio de interrupción voluntaria del embarazo”.

Hoyos basó su petición en la reciente decisión de la Sección Primera de la Sala Contencioso Administrativa del Consejo de Estado que decretó la nulidad de las Circulares Externas 058 de 2009 y 03 de 2011, proferidas por esa entidad con el objeto de “dar cumplimiento a las sentencias C-355 de 2006 y T-388 de 2009”.

La procuradora Hoyos recordó que esa providencia del Consejo tuvo como fundamento, entre otras razones, que en ninguna de las normas citadas por la Supersalud en esas Circulares “y menos en las referidas providencias judiciales, se contempla la asignación u otorgamiento de competencias a la SNS para regular servicios de salud o el servicio de IVE”.

También recordó que el Consejo señaló claramente que las disposiciones del Decreto 4444 de diciembre de 2006, cuyos efectos se suspendieron por el mismo alto tribunal el 16 de octubre de 2009 fueron reproducidas (en noviembre de 2009 y septiembre de 2011) en las circulares anuladas “pese a que el artículo 158” del Código Contencioso Administrativo “es diáfano en prohibir la reproducción de actos anulados o suspendidos”.

Para la procuradora Hoyos, la circular que pide revocar “nuevamente dictó instrucciones a los prestadores de servicios de salud, a las entidades administradoras de planes de beneficios, públicos o privados, de carácter laico o confesional y a las entidades territoriales sobre el denominado ‘servicio de interrupción voluntaria del embarazo’, señalando esencialmente las mismas obligaciones y restricciones con relación a la prestación de este ‘servicio’ y al derecho fundamental a la objeción de conciencia, y reitera la advertencia de sanciones por el incumplimiento a estas disposiciones, invocando los mismos fundamentos que las circulares anteriores”.

La alta funcionaria reiteró la solicitud de revocatoria de la circular, advirtiendo que de no atenderse la Supersalud estaría incurriendo en proferir y mantener vigentes “actos administrativos prácticamente idénticos a otros que ya han sido suspendidos y anulados”.