La
tasa de cotización en el 2003 continuará
en el 13.5% del ingreso base de cotización.
Luego, a partir del 1 de enero de 2004 la cotización
se incrementará en un 1% sobre el ingreso base
de cotización, el 1 de Enero de 2005 la cotización
subirá en 0.5% y otro medio punto (0.5%) en el
año 2006.
Igualmente, el 1 de Enero de 2008, tendrá un ajuste
de 1% por una sola vez, siempre y cuando el crecimiento
del Producto Interno Bruto sea igual o superior al 4%
en promedio durante los 2 años anteriores. |