La Corte reconoció los derechos patrimoniales de las parejas gay

Nacional - Jueves, 08 / Feb / 2007
 
Colombia.com
La Corte Constitucional en una sentencia proferida esta semana reconoció las uniones libres del mismo sexo y señaló que garantiza los derechos patrimoniales de las parejas homosexuales.

Según un fallo difundido, se autorizan los derechos patrimoniales para las personas del mismo sexo que hayan convivido al menos durante dos años.

Esto no significa que se haya aprobado el matrimonio para las parejas homosexuales, y mucho menos la adopción, esta es una atribución es del Congreso de la República.


La Corte Constitucional falló al acoger una demanda de "Colombia Diversa", una ONG que lucha por los derechos de los homosexuales.

El fallo fue votado ocho a favor y uno en contra, el magistrado Jaime Araújo presentó salvamento de voto, pues consideró que era necesario aclarar otros parámetros dentro de la sentencia final, además varios de los magistrados realizaron aclaraciones a su voto.

Esa ONG demandó una ley de 1990 que reglamenta y reconoce sólo la unión marital integrada por un hombre y una mujer.

Esta decisión constitucional es completamente independiente del proyecto de ley que cursa en la Cámara de Representantes y que fue aprobado por el Senado el año pasado.

Es decir, la Corte Constitucional se adelantó en este caso al proyecto de Ley, sin embargo éste será un complemento en el caso de los derechos en seguridad social.

Lo que falló la Corte

Ahora las parejas gay que convivan por lo menos dos años tendrán derechos al capital producto del trabajo o patrimonio, en partes iguales para ambos compañeros.

La ley establecía que si una persona había convivido por más de 24 meses con una pareja del mismo sexo y moría sus bienes patrimoniales pertenecían a la familia del fallecido.

La sentencia de la Corte no es excluyente del proyecto en la Cámara, es complementaria.

El proyecto en el Congreso

Para que se convierta en Ley de la República es necesario que el proyecto sea aprobado en comisión y plenaria de la Cámara de Representantes y sea firmado por el presidente Uribe.

Dicha iniciativa establecería:

"Las parejas conformadas por personas del mismo sexo podrán acceder a la seguridad social y podrán conformar sociedades patrimoniales, con los mismos requisitos y condiciones previstos en las disposiciones vigentes para los compañeros permanentes", precisa el único artículo que contiene el proyecto de ley 130 del año 2005.

La senadora ponente de esta iniciativa, la conservadora Flor Gnecco, señaló que el proyecto no busca otra cosa que reconocer los mismos derechos que tienen las parejas de hecho heterosexuales con aquellas del mismo sexo, eliminando la discriminación que había en ese terreno.

"El proyecto busca que, en la eventualidad de que tengas una pareja del mismo sexo, ésta pueda ser afiliada como beneficiaria al sistema de salud del régimen contributivo y que pueda heredar pensión. Además que pueda establecer sociedad patrimonial", dijo la congresista.


Agregó que "es algo muy concreto, con mucha claridad frente a lo que es la situación económica en el tema de salud y pensión, lo mismo que en los derechos patrimoniales".

A su turno, otra de las congresistas ponente, la uribista Ángela Cogollos, insistió en que no es cierto que este proyecto abriría las puertas para la adopción de niños y la institucionalización del matrimonio gay, como lo sugirieron durante el debate los senadores Jesús Bernal (Polo Democrático Alternativo) y Dieb Maloof (Colombia Democrática), quienes votaron negativamente la iniciativa.

"El proyecto resuelve situaciones de vulnerabilidad en seguridad y pensión y tiene un costo bajo comparado con el gran número de personas que se
La Ley no contempla el matrimonio pueden beneficiar.

El costo representa apenas el 0,25% de los costos totales del sistema se seguridad social y beneficiaría a mas de 53.000 personas afiliadas al sistema de pensiones y 157.000 personas afiliadas al sistema de salud", indicó.

Con información de EFE


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