Por: Stephanny Pinzón • Colombia.com

Este viernes 27 de enero vence plazo de pago de impuesto ICA del 2022: ¿Dónde se puede pagar?

Mañana vence el plazo de pago para los contribuyentes del régimen preferencial que deben declarar y pagar su impuesto de Industria y Comercio (ICA),

Pago del ICA. Foto: Shutterstock
Pago del ICA. Foto: Shutterstock

Mañana vence el plazo de pago para los contribuyentes del régimen preferencial que deben declarar y pagar su impuesto de Industria y Comercio (ICA),

Este jueves, la Secretaría de Hacienda recordó que todos los agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio, ICA, que hayan practicado retenciones a título del ICA correspondientes al sexto bimestre del año 2022, deberán declarar y pagar esta obligación a más tardar el próximo viernes 27 de enero.

“Recordamos a los contribuyentes la última fecha de esta obligación de pago de ReteICA, que corresponde a los meses de noviembre y diciembre, reiterando la importancia de presentar la declaración y el pago de manera oportuna y no dejar para último momento, con el objeto de evitar inconvenientes e imprevistos que se puedan presentar”, dijo el director de Impuestos de la Secretaría Distrital de Hacienda, Pablo Verástegui.

Agregó que “deben cumplir la obligación anual quienes el año pasado percibieron ingresos en Bogotá, por sus actividades económicas e industriales, comerciales o de servicios, entre 1.933 Unidades de Valor Tributario, UVT, (73.462.000 pesos) y 3.500 UVT (133.014.000 pesos), de la vigencia 2022”.

¿Cómo pagar el impuesto ReteICA?

Para liquidar y pagar ReteICA del sexto bimestre, vigencia 2022, se puede ingresar a la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda, luego elegir la opción liquidar impuesto, presentar declaración y por último, seleccionar la opción de pago del impuesto. 

Puede realizar los pagos de ICA y ReteICA desde la Oficina Virtual a través del Botón "Pague Aquí" con débito en cuenta de ahorro o cuenta corriente y "Otros medios de pago crédito" (esta opción aplica solo a través de las nueve entidades bancarias que tienen convenio de recaudo). Puede cumplir con la obligación tributaria en cualquiera de las siguientes entidades:

  • Bancolombia    
  • BBVA Colombia
  • Banco de Bogotá
  • Banco GNB Sudameris
  • Banco Popular
  • Banco Davivienda
  • Banco de Occidente
  • Banco AV Villas
  • Banco Citibank (Banca corporativa)    

Además, para pertenecer al régimen preferencial y pagar ICA anualmente, los contribuyentes deben cumplir las siguientes condiciones:

  • No tener más de un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio, para la actividad gravada en Bogotá.
  • No haber celebrado en el año anterior ni el año en curso, uno o varios contratos de venta de bienes y/o prestación de servicios gravados con el ICA por valor individual o sumados igual o superior a 3.500 UVT, equivalentes a 133.014.000 pesos.
  • Que el monto de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras en el año, producto de ingresos gravados con ICA, no supere las 3.500 UVT, equivalentes a 133.014.000 pesos.
  • Que no esté registrado como contribuyente del impuesto unificado, bajo el régimen simple de tributación (simple).

Finalmente, la entidad recuerda que quienes pasen de la fecha límite tendrán sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios. Más información en la página web de la Secretaria de Hacienda.