Por: Juan Carlos García Sierra • Colombia.com

¿Se debe pagar un valor adicional a quienes teletrabajan jueves y viernes santos?

Muchos se preguntan si están o no en la obligación de trabajar desde sus casas estos dos días de la Semana Mayor.

Actualización
El teletrabajo ha sido la herramienta más utilizada durante esta cuarentena. Foto: Shutterstock
El teletrabajo ha sido la herramienta más utilizada durante esta cuarentena. Foto: Shutterstock

Muchos se preguntan si están o no en la obligación de trabajar desde sus casas estos dos días de la Semana Mayor.

En estas semanas de cuarentena la incertidumbre por el temor a contraer el virus del Covid 19 crece, pero la preocupación por la situación laboral es un asunto que nos atañe a todos.

Desde que esta emergencia se inició han resultado perjudicados miles de trabajadores que han perdido su trabajo, a otros se les suspendieron los pagos y muchos, sencillamente no saben qué va a pasar durante y después de este confinamiento.

El teletrabajo es una opción en medio de esta coyuntura, pero lógicamente no todos pueden remitirse a ella porque muchos puestos laborales exigen de presencia física y operacional, no se pueden curar enfermos, reparar o conducir automóviles, realizar ventas ambulantes o preparar almuerzos detrás de una computadora. Algunas empresas continúan pagando los salarios a sus empleados, pero tampoco pueden garantizar seguir haciéndolo si el confinamiento es indefinido. No es un secreto que no solo la economía local sino la mundial se han afectado gravemente y los indicadores lo confirman y los pronósticos no son muy alentadores.

@MinSaludCol

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¿En estos días 'santos' se paga el teletrabajo?

Eso depende del contrato, estos días santos como lo son el jueves y el viernes se consideran feriados o festivos y contratos laborales de tiempo indefinido no estipulan el trabajo en los mismos, pero en caso de hacerlo serían considerados como trabajo con recargo o remunerados como festivos.

Según el artículo 177 del Código Sustantivo del Trabajo, la jornada se pagará con un 75% extra sobre el salario normal, según las horas laboradas, y a pesar de la actual situación de pandemia, las leyes para asuntos laborales no han sido modificadas, por tal razón, mantienen su efecto y aplicación.

@MeisysIM

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Los trabajos cuyo contrato establecido es el de prestación de servicios que por su naturaleza es de carácter civil y no se considera un vínculo laboral, no generan obligaciones legales ni laborales en ambas partes, por tal razón se debe en el contrato especificar por escrito si se trabajará en días festivos o cómo se puede acordar dicho asunto. Si se trabaja con prestación de servicios en días festivos, el empleador no está obligado a realizar pagos extra porque desde el inicio del contrato el trabajador independiente acepta esa condición.

Existen remuneraciones que son pactadas o prometidas por los empleadores, estas pueden negociarse en días de descanso o compensación, bonos o incentivos, pero estos acuerdos deben hacerse formalmente y con documentos firmados. Si existe un nivel alto de confianza y familiaridad, los acuerdos se realizan de palabra.

En resumidas cuentas, la ley laboral sigue vigente a pesar de las circunstancias de emergencia y el pago o remuneración por trabajar en los días santos depende del tipo de contrato laboral que se haya firmado, por eso es bueno que revises la copia de tu contrato y tengas en cuenta cada uno de los aspectos incluidos en él para que no tengas problemas, porque si tu contrato no advierte sobre el trabajo en días feriados, tu empleador no puede obligarte, así cómo debe pagarte lo estipulado por la ley en caso que debas laborar en dichos días o realizar excepciones.

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