Por: Juan Carlos García Sierra • Colombia.com

Se viene la prima de junio: ¿Cómo saber cuánto recibiré por ley como empleado?

Millones de colombianos esperan la prima de junio, pero es importante saber cuánto dinero se recibirá y para ello es necesario saber realizar su cálculo.

La prima de servicios es obligatoria para empleados con contrato a término fijo e indefinido. Foto: Youtube
La prima de servicios es obligatoria para empleados con contrato a término fijo e indefinido. Foto: Youtube

Millones de colombianos esperan la prima de junio, pero es importante saber cuánto dinero se recibirá y para ello es necesario saber realizar su cálculo.

Una de las cosas más esperadas por los trabajadores colombianos es la prima de mitad de año, la cual se paga en los primeros días del mes de junio o a finales del mismo, y con la situación económica con seguridad que será utilizada para pagar deudas y asumir diferentes obligaciones.

La prima es un recurso extra que va más allá del pago del salario y que por ley laboral es de obligatorio cumplimiento, está estipulada en la Ley 1788 del 2016 y establece la obligación del empleador de pagar a sus empleados una prima de servicios que corresponde a 30 días de salario por año.

El pago de la prima se divide en dos. Uno en la mitad del año que se cancela en junio y otro a finales del año en el mes de diciembre, concretamente en los primeros 20 días. El Código Sustantivo del Trabajo en su artículo 306 explica que “su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado”.

¿Quiénes tiene derecho a la prima?

Trabajadores con contrato indefinido, fijo, y en general, aquellos que cumplen las condiciones de empleado dependiente. Entre los beneficiarios se encuentran trabajadores por días, de servicio doméstico y choferes de servicio familiar.

¿Quiénes no gozan del beneficio de prima de servicios?

•Trabajadores bajo contrato de prestación de servicios
•Trabajadores independientes
•Trabajadores con salario integral
•Trabajadores transitorios
•Aprendices o personas con contrato de aprendizaje
•Trabajadores ocasionales o temporales

¿Qué sanciones tienen quienes no pagan la prima?

Los empleadores que no paguen la prima a sus empleados recibirán una multa económica por parte del Ministerio de Trabajo. Teniendo en cuenta el Código Sustantivo del Trabajo, se le pagará al trabajador un salario diario por cada día de retraso hasta por 24 meses de retraso.

¿Cómo calcular el monto de la prima?

Se debe tomar el sueldo base que el empleado recibe mensualmente, incluyendo todo aquello que tenga incidencia salarial como puede ser el auxilio de transporte, multiplicarlo por los días que se trabajó en el semestre (180 si trabajó desde enero) y dividirlo por 360, el resultado será el valor de la prima de servicios.

Ejemplo: Si su sueldo es de $ 1’400.000, pero recibe $100.000 de auxilio de transporte, la suma de estos dos valores, es $1’500.000 y trabajó en una empresa con contrato a partir del 1 de marzo, significa que trabajó 4 meses, equivalentes a 120 días, entonces debe multiplicar 1´500.000 X 120 y dividirlo en 360. El resultado es 500.000, lo que significa que recibirá $500.000 de prima de servicios a finales de junio.