Por: Redacción Actualidad • Colombia.com

Procuraduría destituye e inhabilita a Edwin Besaile y Alejandro Lyons

El Ministerio Público, también ordenó remitir copia de la decisión a la Corte Constitucional y a la Contraloría.

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El Ministerio Público, también ordenó remitir copia de la decisión a la Corte Constitucional y a la Contraloría.

La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó este jueves al gobernador del departamento de Córdoba, Edwin Besaile, y a su antecesor Alejandro Lyons, por irregularidades en pagos de terapias para niños discapacitados, informó el ente de vigilancia por medio de un comunicado.

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En el fallo de primera instancia, ante el cual procede recurso de apelación, el Ministerio Público calificó la falta de Besaile como "gravísima".

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De acuerdo a las investigaciones de la Procuraduría, Besaile, quien se encontraba suspendido de su cargo desde enero pasado, y Lyons no ejercieron su deber de vigilancia y control sobre los actos de sus secretarios de Salud, lo cual permitió que se ordenaran pagos de terapias de rehabilitación a 2.181 menores de edad en condición de discapacidad.

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Por este motivo, “el Ministerio Público encontró que los disciplinados explicaron que los pagos obedecían al cumplimiento de fallos de tutela. No obstante, el órgano de control advirtió que aunque las decisiones judiciales debían ser acatadas, en este caso las órdenes consistían en la obligación de prestar el servicio y en ningún momento se dispuso omitir la celebración de un contrato”.

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Sancionar a quienes se ha...

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También, Besaile como Lyons fueron inhabilitados por diez años para ejercer cargos públicos, añadió la Procuraduría en el mismo comunicado.

Los desembolsos, que se realizaron entre diciembre de 2014 y agosto de 2015, ascendieron a 4.988 millones de pesos (unos 1,6 millones de dólares) sin que mediara un contrato.

Así mismo, fueron destituidos e inhabilitados por once años los exsecretarios de Salud del departamento, Edwin Preciado Lourdy y José Jaime Pareja Alemán.

Aunque los sancionados aseguraron que los pagos eran en cumplimiento de tutelas (recursos de amparo), la Procuraduría dijo que aunque las decisiones judiciales debían ser acatadas, en este caso las órdenes consistían en la obligación de prestar el servicio y en ningún momento se dispuso omitir la celebración de un contrato.

Los datos y evidencias que fueron expuestos por el Ministerio Público son explicados así: “El órgano de control determinó que el ente territorial no se encontraba en una situación de urgencia que le impidiera planificar y adelantar el correspondiente proceso de contratación, pues conocía la necesidad que se venía presentando en los últimos años frente a la prestación del servicio y la reiteración de las tutelas”.

La Procuraduría también ordenó remitir copia de la determinación a la Corte Constitucional y a la Contraloría General de la Nación, para que haga parte de las actuaciones que adelantan por hechos relacionados. 

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Así mismo, mediante un pedido a la Procuraduría Delegada para la Salud el valorar si es pertinente llevara a cabo  una acción preventiva en la Gobernación de Córdoba para que adopte las medidas necesarias para garantizar el derecho a la vida digna y a la salud de los niños, niñas y adolescentes que requieren la prestación de estos servicios de salud en el departamento.