Pico y placa para Bogotá: Así operará la medida para el mes de agosto de 2025
El pico y placa para la ciudad de Bogotá el mes de agosto contará con algunos cambios, aquí te contamos cuáles son.

El pico y placa para la ciudad de Bogotá el mes de agosto contará con algunos cambios, aquí te contamos cuáles son.
La medida de pico y placa, la cual ya cumple más de 25 años de imposición en la ciudad de Bogotá operará en agosto de 2025 bajo condiciones especiales.
Esta medida que afecta a vehículos particulares como a transporte especial y taxis tiene horarios y reglas de acuerdo con el día de la semana.
La Secretaría de Movilidad de la ciudad de Bogotá definió el calendario y las condiciones bajo las cuales se efectuará la restricción de pico y placa para el mes de agosto de 2025.
Así funciona el #PicoYPlaca en la ciudad en día PAR:
— Movilidad Bogotá (@SectorMovilidad) August 4, 2025
??Circulan placas terminadas en 6-7-8-9-0
?NO circulan placas terminadas en 1-2-3-4-5
??Recuerda que aplica de lunes a viernes, de 6:00 a.m. a 9:00 p.m. pic.twitter.com/dn8O8ykNIC
Es importante recordar que, de acuerdo con el código Nacional de Tránsito y su literal C14 del artículo 131 de la ley 769 de 2002, quiénes no cumplan con la restricción serán sancionados con una multa de $ 604.100 de acuerdo con los valores estipulados para el 2025.
Automóviles particulares
Tendrán una restricción entre los lunes y los viernes de 6 de la mañana y 9 de la noche, este sistema alterna circulación según el último dígito de la placa.
Días impares transitarán automotores placas finalizadas en 1, 2, 3, 4 y 5 y los días pares lo harán aquellos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
Sábados, domingos y festivos no habrá medida a, salvo en el caso del pico y placa regional en corredores de ingreso a la ciudad capital.
Pico y placa semana del 4 al 10 de agosto
• Lunes 4 placas terminadas en 6 7 8 9 y 0
• Martes 5 a 1, 2, 3, 4 y 5
• Miércoles 6 a 6, 7, 8, 9 y 0
• Jueves 7 por ser día festivo no hay restricción de pico y placa
• Viernes 8 retoma la circulación para placas pares
• Sábado 9 y domingo 10 no se aplica la medida.
Esta alternancia se mantendrá a lo largo del mes de agosto con ajustes en función de los días festivos y fines de semana
Semana del 11 al 17 de agosto
• Lunes 11 de agosto: circularán automotores con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
• Martes 12 de agosto circularán automotores con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
• Miércoles 13 de agosto circularán automotores con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
• Jueves 14 de agosto circularán automotores con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
• Viernes 15 de agosto circularán automotores con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
• Sábado 16 de agosto y domingo 17 de agosto no habrá medida de pico y placa.
Semana del 18 al 24 de agosto
• Lunes festivo 18 de agosto aplica pico y placa regional
• Martes 19 de agosto circularán automotores con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
• Miércoles 20 de agosto circularán automotores con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
• Jueves 21 de agosto circularán automotores con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
• Viernes 22 de agosto circularán automotores con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
• Sábado 23 de agosto y domingo 24 de agosto no habrá medida.
Semana del 25 al 31 de agosto
• Lunes 25 de agosto circularán vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
• Martes 26 de agosto circularán vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
• Miércoles 27 de agosto circularán vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
• Jueves 28 de agosto circularán vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
• Viernes 29 de agosto circularán vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
• Sábado 30 de agosto y domingo 31 de agosto no hay medida.
Pico y placa para taxis y vehículos especiales
Esta restricción operará de lunes a sábado desde 5:30 a.m. hasta las 21 horas y se determina por el último número de la placa.
Domingos y festivos no habrá medida.
El calendario para agosto establece combinaciones específicas de dígitos que varían respecto a vehículos.
Lunes 4 de agosto podrán circular taxis con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8. Esta lógica se repite con diferentes combinaciones a lo largo del mes, lo que exige consultar el cronograma oficial.
El transporte especial que incluye camionetas, camperos y automóviles con capacidad para cuatro pasajeros (sin el conductor), también está sujeto a Pico y placa de lunes a sábado en el mismo horario que los taxis.
Domingos y festivos no habrá medida. El calendario para este segmento es el mismo de los taxis con días en que se permite la circulación de vehículos con placas terminadas en grupos específicos de números como 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.
La Secretaría de Movilidad comunica que sábados, domingos y festivos no habrá restricción para particulares, taxis y transporte especial, salvo en el caso de pico y placa regional para acceso a la ciudad.
Ten en cuenta estas restricciones y evita sanciones, consulta las páginas oficiales y colabora con la movilidad de Bogotá.