Por: Sergio Gil • Colombia.com

Colombia prohíbe ingreso a ciudadanos de siete países

Ciudadanos de países como Alemania, Argentina, Países Bajos, Cánada, España, Chile, Francia ya no podrán ingresar al país solo portando su pasaporte, sino que además deberán tener visa.

Colombia tomará medidas de migración con ciudadanos de 7 países. Foto: Pixabay
Colombia tomará medidas de migración con ciudadanos de 7 países. Foto: Pixabay

Ciudadanos de países como Alemania, Argentina, Países Bajos, Cánada, España, Chile, Francia ya no podrán ingresar al país solo portando su pasaporte, sino que además deberán tener visa.

En una circular publicada por la Cancillería de Colombia se menciona a los consulados de Canadá, Chile, Francia, Países Bajos, Alemania, España y Argentina la posibilidad de restringir transitoriamente, el ingreso al país de ciudadanos procedentes de estas naciones.

Esta medida aplicará para "viajes no esenciales" y se daría en respuesta a medidas que han implementado los gobiernos de estos países con viajeros procedentes de Colombia, en medio de la pandemia del COVID-19.

De esta manera las autoridades migratorias del territorio colombiano deberán exigir la visa a ciudadanos de estas 7 naciones y no podrán ingresar portando solamente su pasaporte.

Colombia tomará medidas de migración con ciudadanos de 7 países. Foto: Pixabay
Colombia tomará medidas de migración con ciudadanos de 7 países. Foto: Pixabay

“En un sentido práctico la medida adoptada significa que los nacionales de esos países ya no podrán ingresar a Colombia para actividades de visitante solo con su pasaporte (…) la única manera en que los nacionales de esos países puedan ingresar a Colombia es portando una visa”, especifica el documento.

La circular señala que la medida restrictiva comenzará a partir de las 00:00 horas del martes 10 de noviembre, pero la Cancillería confirmó que no será así, pues aún se deben ultimar detalles en una reunión que se realizará este lunes donde podrían entrar otras medidas y la fecha definitiva del inicio de la misma.

C-DSG-DIMCS-20-000131 es el número de identificación de esta circular, aunque Fulvia Benavides Cotes, directora de Asuntos Migratorios y Consulares, indica que se exceptuarán 5 casos de las restricciones de ingreso para ciudadados de estos países:

  • Extranjeros titulares de visas vigentes tipo M (Migrante), R (Residente) y V (Visitante), de acuerdo con lo estipulado por la Resolución 6045 de 2017.
  • Titulares de pasaportes o visados de carácter diplomático.
  • Tripulantes.
  • Caso de emergencia humanitaria.
  • Caso fortuito o fuerza mayor.

La Cancillería especifica que dicha medida entrará en vigor y solo podrá darse por terminada “hasta que el Gobierno colombiano llegue a un entendimiento para coordinar la movilidad de los viajeros en ambos sentidos con dichos gobiernos”.

Uno claro ejemplo es el que se presenta con Alemania, que no permiten el ingreso de turistas y los viajes de corta duración, máximo hasta 90 días, solo están autorizados actualmente si existe una razón de emergencia personal justificada.

La posibilidad de restringir el ingreso al país se conoce pocos días después de que el Ministerio de Salud eliminara como requisito la prueba PCR para vuelos provenientes del exterior.