Por: Yuly Solis • Colombia.com

"El aborto hasta la semana 24 no es un derecho fundamental", esto dijo la Corte Constitucional

Corte Constitucional precisó que el aborto hasta la semana 24 no se considera un “derecho fundamental”.

Corte que pone nuevas trabas a las mujeres que deseen abortar. Foto: Pixabay
Corte que pone nuevas trabas a las mujeres que deseen abortar. Foto: Pixabay

Corte Constitucional precisó que el aborto hasta la semana 24 no se considera un “derecho fundamental”.

El pasado 09 de febrero de 2022, en una decisión histórica para el país, la Corte Constitucional despenalizó la Interrupción Voluntaria del Embarazo hasta la semana 24 de gestación, y el 21 de febrero de 2022, el Alto Tribunal, bajo la Sentencia C-055 de 2022, determinó que en Colombia cualquier mujer, niña o persona gestante puede abortar sin cometer un delito, siempre y cuando lo haga antes de la semana 24 de gestación.

Un año después de que se diera esta noticia, este martes 13 de junio, una decisión de la Corte Constitucional causó revuelo al interpretarse que el alto tribunal habría reversado su decisión, al declarar que el aborto hasta la semana 24 no se considera un “derecho fundamental”.

La pronunciamiento del alto tribunal se dio como resultado del estudio de una tutela interpuesta por una mujer indígena del Cauca, quien denunció que intentó acceder a una intervención voluntaria del embarazo (IVE). Sin embargo, al momento del realizar el procedimiento se encontró trabas en el proceso, puesto que, al estar afiliada a la EPS AIC, debía pedir permiso a las autoridades indígenas.

La polémica se formó luego de que en el fallo T-158 de 2023, la Sala de Revisión de Tutelas de la Corte, aunque sí amparó los derechos de la mujer, por encima del derecho a la autonomía del pueblo Polindara, aseguró que el aborto no era un derecho.

En la explicación del fallo, el magistrado ponente, Lizarazo, afirmó que “no puede asegurarse que, a partir de dicho pronunciamiento (sentencia C-055 de 2022, que despenalizó el aborto en Colombia hasta la semana 24), el aborto consentido o voluntario se encuentre legalmente reconocido ni que su práctica constituya una obligación a cargo del sistema de seguridad social en salud”. Por tanto, exhortó al Congreso de Colombia para que legisle sobre el tema.

Vale recordar que el fallo, basado en la sentencia T-158 de 2023, ratifica que la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en Colombia se limita a tres casos particulares. Estos casos son cuando el embarazo es producto de una violación, cuando existen graves malformaciones físicas en el feto o cuando la vida de la mujer corre peligro.

Ante esto, la Corte Constitucional resaltó la existencia de un vacío legal en relación al aborto en Colombia e instó al Congreso a legislar y al Ministerio de Salud a establecer regulaciones que determinen cómo debe llevarse a cabo esta práctica de manera adecuada y con los protocolos necesarios.

El aborto en Colombia no deja de ser un derecho

Ante la controversia ocasionada por el caso expuesto, el movimiento Causa Justa por el Aborto, que lideró el proceso legal que resultó en la sentencia C-055 de 2022, aseguró que esta sigue vigente en Colombia.

“Todas las mujeres, hombres trans y personas no binarias que necesiten interrumpir voluntariamente un embarazo hasta la semana 24 de gestación pueden acercarse a los servicios de salud”, indicó.

Foto: Twitter

Así mismo se precisó que luego de este plazo también podrán acceder al servicio siempre y cuando se encuentren en alguna de las tres causales permitidas desde el 2006 (Sentencia C-355 de 2006), razón por la que El Movimiento Causa Justa envió una carta a la Corte, solicitando la nulidad de oficio de la sentencia T-158 de 2023. 

“Esta sentencia desconoce otras sentencias emitidas por el mismo tribunal con estándares que protegen el acceso al aborto y que hoy siguen vigentes”, expone el movimiento.