Por: Christopher Ramírez • Colombia.com

Corte Constitucional asegura que no es delito comprar empanadas en la calle

La Corte explicó que no se puede considerar como inconstitucional “adquirir o consumir bienes o servicios ofrecidos por vendedores informales en el espacio público”.

Actualización
Vendedores ambulantes en Colombia. Foto: Twitter
Vendedores ambulantes en Colombia. Foto: Twitter

La Corte explicó que no se puede considerar como inconstitucional “adquirir o consumir bienes o servicios ofrecidos por vendedores informales en el espacio público”.

¿Recuerdas ese incidente ocurrido el pasado mes de febrero cuando a un joven se le multó con una suma de 830.000 pesos por comprar una empanada en la calle?

En ese entonces, la Policía decidió imponer la sanción, ya que, para los uniformados que actuaron en esta situación, el joven identificado como Steven Claros habría quebrantado el numeral sexto del artículo 140 del Código, el cual explica que el “promover y facilitar el uso u ocupación del espacio público” tendría como consecuencia la imposición de una multa superior a los 800 mil pesos.

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"No es un delito"

Pues, ocho meses después de este hecho las autoridades aún hablan de este incidente, teniendo en cuenta la polémica que generó en Colombia. Esta vez fue la Corte Constitucional la que dio su veredicto en este caso, asegurando que la Policía no podrá castigar económicamente a ningún ciudadano que compre ya sea una empanada o cualquier otro alimento o material a los vendedores ambulantes que andan por la ciudad.

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“(La decisión de la Policía) resulta contraria a la Constitución porque implica censurar e imponer una consecuencia negativa a una actuación que se encuentra amparada por la confianza legítima que se predica, tanto de quienes han venido ejerciendo la actividad informal en el espacio público, como la de quienes adquieren el producto a partir de tal circunstancia”, explicó la Corte, por medio de un comunicado.

En pocas palabras, tanto la multa expuesta al joven Steven Claros en febrero como a otras dos personas que también sufrieron la misma suerte, se puede considerar como un atropello de las autoridades, pues, se llegó al entendido de que “adquirir o consumir bienes o servicios ofrecidos por vendedores informales en el espacio público” no se puede tildar como una promoción de la invasión del espacio público en Colombia.

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Derecho al trabajo

Cabe recordar que, en junio, el Congreso de la República ya había aprobado la llamada ‘Ley empanada’, con la cual “se busca proteger a todos los vendedores informales del país”. Y es que, en los casos ocurridos en el país, no solo fue multada la persona que compraba el producto, sino también el vendedor de este. Al comerciante se le imponía una sanción económica y se le decomisaban los productos que tuviera en su puesto de trabajo.

“Hoy existen 1'200.000 vendedores en el espacio público ganándose la vida en largas jornadas y sin ningún tipo de protección social”, indicó el senador Carlos Guevara, promotor de esta ley.

Asimismo, Guevara señaló que “lo que buscamos es permitirles que puedan seguir usufructuando el espacio público y a su vez, de manera organizada con las entidades territoriales y la Policía, poder seguir haciendo sus actividades sin detrimento de la actividad formal”.

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